Araujo, condenado a prisión
Nuevo palo para Sergio Araujo. El argentino ha sido condenado a nueve meses de cárcel y a dos años sin carné de conducir por negarse a realizar el control evidencial de alcoholemia después de dar 0,77 miligramos en el etilómetro en el test de muestreo previo, tal y como se adelantó en CANARIAS7.
Finalmente se cumplieron los peores pronósticos para el delantero de Las Palmas. La pena de prisión impuesta ayer por el Juzgado de lo Penal número 2 de la capital grancanaria -que el jugador no cumplirá al ser una condena inferior a los dos años- tras aceptar de forma parcial la petición de la Fiscalía, que pedía 11 meses de cárcel, por su delito contra la seguridad del tráfico y desobediencia a la autoridad por los hechos del 26 de septiembre, deja en saco roto la defensa de Araujo, que se sustentaba en que el jugador había sido engañado y se pedía su libre absolución. Todo comenzó cuando Iván Martín, amigo del condenado, tuvo que parar el BMW i8 del argentino en el cruce de Las Puntillas (Ingenio), al sentirse indispuesto después de una noche de fiesta, en un lugar prohibido donde obstaculizaba el tráfico. Los agentes se acercaron al ver mal estacionado el vehículo y, al notar olor a alcohol, procedieron a hacerle un control de muestreo que arrojó una tasa de 0,77. Según la versión de Araujo, los guardias civiles le convencieron en contra de su voluntad para que moviera el vehículo a una zona donde no interrumpiese el tráfico. Tras mover el coche unos 20 metros, los agentes intentaron hacerle la prueba evidencial para confirmar la tasa de alcoholemia que había dado la primera muestra, pero el jugador se negó a soplar, amagó con irse y llamó a su padre. Ante estos hechos, la magistrada Mónica Oliva González determinó que Araujo cayó en varias contradicciones en la vista judicial celebrada el pasado 26 de octubre: «Si el encausado llamó a su padre y le dijo que le iban a llevar detenido, es porque sabía de las consecuencias de la negativa de someterse a la prueba. De ahí que es ilógico que afirme en el juicio que nunca se le informó de ello», explica Oliva. Y es que, según Araujo, él no era consciente de las consecuencias de su negativa y, tras hablar con su padre, quiso pasar la prueba, pero los agentes de la Benemérita se negaron después de que el argentino les insultase («son unos conos, en lugar de ayudar solo quieren jodernos») y procedieron a su denuncia. El sudamericano había caído en otras incoherencias al decir que el coche estaba bien estacionado y que no entorpecía la circulación, lo cual entra en contradicción con lo que sostuvo su amigo Iván, que sí reconoció que el coche estaba mal aparcado. Además, resulta ilógico que el agente le obligue a trasladar el coche por estar mal estacionado, cuando él mismo dijo que no lo estaba. La sentencia considera «irrelevante» que en el último momento, y después de varias advertencias por parte de los agentes, Araujo sí quisiera pasar la prueba. Además, para la jueza no existe premeditación por la autoridad de querer perjudicar al delantero: «Es difícil de creer que se haya creado un complot frente al encausado», argumenta. Según los agentes, ellos nunca pidieron al ex de Boca que retirara el coche de la vía, sino que hablaron con el conductor (Iván Martín), este se dirigió a Araujo y el jugador se sentó al volante y arrancó. Sobre todo, la magistrada tiene en cuenta lo expuesto por el agente que se acercó al automóvil del jugador, quien aseguró que en todo momento habló con el piloto (Iván Martín) y nunca con su acompañante (Araujo), por lo que difícilmente pudo decirle que no podía conducir porque había bebido, y ni tan siquiera sabía quién era. El condenado ya fue sancionado en 2013 con 8 meses sin carné por conducir bebido en Barcelona, por lo que la juez Oliva considera que no procede «imponer la pena en el grado máximo, ni concederle un castigo mínimo», debido a sus antecedentes. Sobre esto, la sentencia -que no es firme y será recurrida como ya adelantó su abogado- indica que no cabe tener en cuenta el antecedente como un agravante de reincidencia, pero sí puede ser valorado, tal y como ocurrió, a la hora de dictar una condena proporcional a los hechos.