350 diputados y 208 senadores en juego
Los 36,5 millones de españoles llamados este domingo a las urnas deben elegir entre todas las candidaturas en liza a los 350 diputados que conforman el Congreso y a 208 representantes en el Senado. La asignación del número de escaños que corresponde a cada circunscripción para ambas cámaras está regulada en el capítulo III del título II de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) conforme a lo establecido en la Constitución.
En el caso del Congreso, para determinar la distribución de los 350 escaños se establece una división territorial en 52 circunscripciones: las 50 provincias españolas más las dos ciudades autónomas. Cada provincia tiene asignado como base un mínimo de dos diputados, salvo Ceuta y Melilla, a las que les corresponde uno.
Esto supone un total de 102 escaños, los 248 restantes se reparten de forma proporcional a la población de cada provincia. En Canarias se eligen 8 diputados por Las Palmas y 7 por Santa Cruz de Tenerife. Una vez realizado el escrutinio, para la asignación de escaños en función de los votos recibidos se aplica un modelo proporcional basado en la ley D’Hondt, una fórmula matemática que toma el nombre de su autor, el jurista y matemático belga del siglo XIX Víctor D’Hondt, considerado uno de los sistemas más eficaces para garantizar la proporcionalidad entre los votos emitidos y la representación parlamentaria y que se aplica también en otros países como Francia, Bélgica, Finlandia, Chile, Argentina, Ecuador, Colombia, Israel o Japón.
Por este método se desestiman las candidaturas que no hayan alcanzado el 3% de los votos válidos y se divide el número de votos obtenidos por cada partido entre 1, 2, 3 y así sucesivamente hasta el número equivalente a los escaños en juego en esa circunscripción. Sobre el cuadro resultante, los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores en orden decreciente. Si se da el caso de que haya dos cocientes iguales de diferentes candidaturas, el escaño se atribuye a la formación que mayor número de votos haya obtenido.
En el Senado el número de escaños a adjudicar es de cuatro por provincia, con la excepción de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que eligen dos cada una. Para los archipiélagos la circunscripción es insular: a las islas de Gran Canaria, Tenerife y Mallorca les corresponde elegir cada una tres senadores y en el resto de las islas menores -La Gomera, El Hierro, Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, Menorca e Ibiza-Formentera- se elige un único senador. La elección de los senadores es directa, por lo que obtienen los escaños aquellos candidatos que logren mayor número de votos.