Borrar
Mano dura contra el turismo de borrachera

Mano dura contra el turismo de borrachera

El Gobierno balear aprobó un decreto pionero en Europa que prohíbe en las zonas de la Playa de Palma y Magaluf en Mallorca y el West End de Sant Antoni de Ibiza el llamado turismo de borrachera y que contempla la expulsión de todos los hoteles de Baleares de los turistas que practiquen el balconing y multas en este caso de hasta 60.000 euros.

EFE / Madrid

Jueves, 1 de enero 1970

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El decreto ley prohíbe en estas tres zonas la publicidad referida al consumo de alcohol y las barras libres, las excursiones etílicas (el llamado pubcrawling), las, los 2x1 o 3x1, los autodispensadores de alcohol, así como la venta de bebidas alcohólicas en tiendas entre las 21.30 y las 8.00 horas.

Las bebidas deberán cobrarse a un precio unitario, sin posibilidad de promoción alguna y en los hoteles y restaurantes de estas tres zonas solo se podrán ofrecer a los clientes tres bebidas alcohólicas por persona en comidas y cenas.

Los turistas que practiquen o permitan el -saltar de un balcón a otro o lanzarse desde la terraza a la piscina- en cualquier hotel de Baleares podrán ser expulsados «inmediatamente» del establecimiento en cuestión y se enfrentarán a multas de entre 6.001 a 60.000 euros. El hotel tiene la obligación de que no continúen alojados.

Además, este nuevo decreto ley limita las fiestas en embarcaciones en la costa denominadas party boats: se suspende la concesión de nuevas licencias hasta la regulación de esta actividad en un plazo de 24 meses y los barcos que cuentan con licencia no podrán embarcar ni desembarcar a los turistas en ninguna de estas tres zonas, que son las consideradas «más calientes» del turismo de borrachera de Baleares.

Pioneros

El conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Iago Negueruela, presentó esta nueva norma que pretende promocionar Baleares como un destino de calidad en el mundo.

Se trata, resaltó, de la primera norma en Europa que restringe la promoción y venta de alcohol en determinadas zonas y los comportamientos incívicos en los hoteles, tras el «amplio diálogo» mantenido entre el gobierno balear y el sector empresarial y turístico.

El decreto ley tiene una vigencia de 5 años y se aplicará de manera inmediata. La norma respetará los contratos ya firmados entre turoperadores y hoteleros para evitar cualquier situación de inseguridad jurídica.

La nueva normativa prohíbe las prácticas peligrosas para la vida y la integridad física de las personas en los establecimientos turísticos de las islas, con un régimen sancionador que pone un acento especial en las faltas graves y muy graves.

Las faltas graves se sancionan con multas de 6.001 a 60.000 euros y se consideran como tales las prácticas peligrosas para la vida, la integridad o la salud de los clientes, el hecho de que hotel no informe a los usuarios acerca de la prohibición de las mismas o si el establecimiento no expulsa a los turistas infractores.

También son faltas graves ofrecer habitaciones por horas y publicitar bebidas alcohólicas o tener expuesto alcohol en los establecimientos.

Las faltas muy graves se sancionan con multas de 60.001 a 600.000 euros y, adicionalmente, pueden llevar aparejado el cierre del establecimiento por un período máximo de 3 años, según las circunstancias que se presenten.

Las faltas muy graves contemplan la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido; ofertar bebidas alcohólicas bajo modalidades del tipo barra libre, happy hours o 2x1 y 3x1, mantener los autodispensadores de alcohol, la venta de bebidas a menores y a embarazadas, la publicidad o realizar excursiones etílicas y cometer dos faltas graves en seis meses, entre otras circunstancias.

Por último, las faltas leves conllevan multas de entre 1.000 y 6.000 euros.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios