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Estantes vacíos en un supermercado de Zaragoza. Foto: efe | Vídeo: ep

Los supermercados podrán limitar las compras si hay riesgo de desabastecimiento

El Gobierno modifica la regulación del mercado minorista dentro del Plan Nacional anticrisis. Las tiendas podrán decidir el número de unidades de un producto que puede comprar cada cliente

Clara Alba

Madrid

Miércoles, 30 de marzo 2022, 12:17

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El Plan Nacional anticrisis aprobado el martes en el consejo de ministros va mucho más allá de los detalles de las ayudas y bonificaciones a los carburantes con las que se busca limitar el impacto de la crisis energética en las empresas y hogares españoles.

El Gobierno ha provechado el documento para introducir algunas modificaciones legislativas que podrían impactar en el día a día de los consumidores si la situación se agrava en el tiempo. Entre ellas, destaca una modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero que regula el sector del comercio minorista, para dar la capacidad a los supermercados y a las tiendas de limitar, en situaciones excepcionales, el número de unidades de un mismo producto que cada comprador puede adquirir.

El Gobierno intenta impedir así situaciones como las vividas en las últimas semanas con productos como el aceite de girasol o la leche, que han llegado a poner incluso en riesgo el abastecimiento de estos artículos en numerosos establecimientos, con los ciudadanos haciendo acopio ante el temor a una posible situación de escasez.

En concreto, y dentro del Plan Nacional publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se intruduce un nuevo apartado 3 en la ley que establece que «excepcionalmente, cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor quelo justifiquen«, los establecimientos comerciales podrán suspender »con carácter temporal» la prohibición que se establecía en el apartado 2 de la norma para limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador.

En concreto, ese apartado indica que los comerciantes «no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen».

De hecho, las asociaciones de consumidores han lanzado en repetidas ocasiones la voz de alarma sobre la legalidad de la práctica de algunos comercios que ya habían limitado la compra de determinados artículos, en un periodo en el que se han mezclado el impacto de la guerra, las paradas de producción por la huelga de los transportistas y el acopio de los ciudadanos.

FACUA-Consumidores en Acción denunció a DIA, Mercadona, MAS, El Jamón e Hiperdino por limitar la venta de aceite de girasol. La competencia sancionadora, en estos casos, corresponde a las comunidades autónomas.

El real decreto ahora aprobado remarca, no obstante, que estas medidas para permitir a los comercios saltarse esa parte de la noram «deberán estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas».

Por su parte, desde la asociación de usuarios financieros Asufin, también han criticado la medida, «dado que incentiva aún más la paranoia del consumidor y da cobertura a la especulación de precios con productos de primera necesidad».

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