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El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá. JOSÉ RAMÓN LADRA
El Gobierno aprueba el reglamento del nuevo fondo público de pensiones

El Gobierno aprueba el reglamento del nuevo fondo público de pensiones

Su puesta en marcha, sin embargo, aún tardará varios meses, pero queda fijada en el 0,30% la comisión de gestión máxima para las entidades gestoras

Martes, 18 de octubre 2022, 14:56

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Otro paso más en el largo camino que aún queda por recorrer hasta desembocar en el primer fondo público de pensiones en España. El Consejo de Ministros aprobó este martes el decreto que contiene el reglamento por el que se regirán los planes de pensiones de empleo, que, sin embargo, tardarán aún en ponerse en marcha varios «meses», tal y como reconoció el Ministerio de Seguridad Social. Es más, algunas fuentes retrasan su funcionamiento hasta finales de año.

La nueva norma regula técnicamente la Comisión Promotora y de Seguimiento, un órgano colectivo de carácter público, al que dota de carácter supervisor para poder monitorizar y actuar en el caso de que se produzcan anomalías en la gestión de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública, estableciendo un procedimiento para velar por su adecuado funcionamiento.

La ley también establece el régimen de constitución y funcionamiento del otro órgano de vigilancia de los fondos y planes de pensiones de empleo, la Comisión de Control Especial, y estipula las condiciones de retribución de sus integrantes. Finalmente, el Gobierno elegirá a cinco de sus miembros, mientras que habrá cuatro representantes de los sindicatos y cuatro de los empresarios.

Acceso a pymes y autónomos

Asimismo, el reglamento detalla las comisiones que podrán aplicar las entidades que se ocupen de la gestión de los planes incluidos en los fondos de pensiones de empleo de promoción pública. En este sentido, se establece una comisión de gestión máxima del 0,30%. También se dispone que, de forma excepcional y vinculada a los gastos en los que incurran a la hora de conectarse a la Plataforma Digital Común, las entidades gestoras puedan repercutir estos costes durante un plazo máximo de cinco años. Se establece asimismo un régimen de máxima transparencia en los gastos directos e indirectos incurridos por las entidades gestora y depositaria en los informes trimestrales y semestrales. 

Con la norma aprobada este martes se podrá proceder a la selección de los miembros de la Comisión Promotora y de Seguimiento, al diseño e implementación de la Plataforma Digital Común y abrir el proceso de selección de entidades gestoras y depositarias. 

El objetivo de esta ley es facilitar el acceso de los trabajadores de pymes, empleados públicos y trabajadores autónomos a los planes de pensiones colectivos, ya que en España apenas están implementados estos vehículos de ahorro. La aspiración es que de los apenas uno de cada diez trabajadores que actualmente cuentan con un plan de empresa, se puedan alcanzar niveles del 48% similares a los que registran regiones como el País Vasco, que cuenta con su propio sistema de Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) de empleo.

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