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Martes, 11 de abril 2023, 11:27
La primera cuestión que hay que tener en cuenta es el inicio de la campaña de declaración del IRPF del ejercicio 2022, en este año 2023 la fecha de inicio de la campaña se ha establecido en el día 11 de abril para aquéllos que quieran presentarla telemáticamente. También se puede realizar la presentación por vía telefónica, aunque hay que esperar hasta el 5 de mayo.
Por último aquellos que desean preparar la declaración personalmente en la Agencia Tributaria lo podrán hacer presencialmente a partir del día 1 de junio. La fecha límite para la presentación de la declaración será, como es habitual, hasta el día 30 de junio (hasta el 27 de junio si el resultado es a ingresar y se solicita la domiciliación bancaria), detalla la Asociación de Asesores Fiscales de Canarias.
Hay que distinguir entre la obligación de presentar la declaración y los mínimos exentos, pueslos contribuyentes que han obtenido rentas del trabajo de un solo pagador inferiores a 22.000 euros no están obligados a presentar la declaración, este límite se reduce a 14.000 euros en los casos de haber percibido rentas de dos o más pagadores, si del segundo y siguientes se percibieron en su conjunto más de 1.500 euros anuales. En cualquier caso es recomendable calcular la declaración pues, si se han aplicado retenciones a los importes mínimos antes indicados, el contribuyente puede tener derecho a su devolución; así como en los casos de tener derecho a la deducción por hijo o cónyuge discapacitado a cargo, etc.
En cualquier caso es recomendable calcular la declaración pues, si se han aplicado retenciones a los importes mínimos antesindicados, el contribuyente puede tener derecho a su devolución; así como en los casos de tener derecho a la deducción por hijo o cónyuge discapacitado a cargo, etc.
En cualquier caso es obligatorio presentar la declaración del Impuesto para todos los que realizan actividades económicas, empresariales o profesionales, con independencia de su importe anual y también para todas aquellas personas que obtienen rendimientos procedentes del arrendamiento de viviendas o locales.
Hay que resaltar que en muchos casos la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta es conveniente, aunque no se esté obligado a ello, por ejemplo en los casos en que es posible la aplicación de la deducción por adquisición de vivienda habitual o cuando se han hecho aportaciones a planes y fondos de pensiones, y no sólo poque se puede obtener una devolución de impuestos, sino porque algunas de estas deducciones pueden ser necesarias para obtener beneficios fiscales en el futuro.
Un ejemplo lo tenemos en la deducción por adquisición de vivienda habitual, que sólo es posible actualmente si el contribuyente se había practicado esa deducción con anterioridad al año en que se eliminó esa deducción (2013).
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