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Imagen de archivo de un bloque de viviendas. Efe

Canarias recurre el registro único de pisos turísticos por invadir competencias

El archipiélago se une así a la postura de la Junta de Andalucía, que en abril recurrió la norma. La Ascav también presentó un recurso

Sara Toj

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 12 de mayo 2025, 22:43

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Canarias se ha unido a Andalucía y aprobó ayer en el Consejo de Gobierno la interposición de un recurso contencioso administrativo en contra del decreto estatal que regula el registro único de alquileres de corta duración o de uso turístico.

El ejecutivo regional alega que la norma invade «competencias autonómicas», como indicó el portavoz del Ejecutivo regional, Alfonso Cabello, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno celebrado ayer en Santa Cruz de Tenerife. También Andalucía anunció en abril que recurriría la norma al entender que con ella se «usurpa» las competencias que tiene la Junta en esta materia. Las comunidades autónomas cuentan con su propio registro de viviendas turísticas.

Además de Andalucía y Canarias, la Asociaciones de la Vivienda Vacacional de Canarias (Ascav) y la de Barcelona recurrieron el registro al entender que era contrario al reglamento de la Unión Europea por imponer una duplicidad de registros –el autonómico y el estatal–. El recurso de la Ascav ante el Supremo está actualmente en trámite.

La norma estatal contó, desde su aprobación en enero, con el rechazo de los propietarios de viviendas de uso turístico. Los afectados canarios por este decreto también solicitaron una medida cautelar de suspensión del decreto hasta que el TS respondiera. Aunque el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre ya está aprobado, será efectivo el 1 de julio, y será desde ese momento cuando los arrendadores tendrán que obtener un número de registro para ofrecer el alquiler en las plataformas digitales.

Sin contar con las regiones

Ya en febrero de este año, desde la Consejería de Turismo se insto al Ejecutivo regional a elevar un requerimiento a la medida, pero no hubo respuesta.

Por tanto, como trasladó el también viceconsejero de la Presidencia, desde el archipiélago se lamenta que para la puesta en marcha de esta medida no se haya tenido en cuenta a las comunidades autónomas, así como tampoco a las entidades que se pudieran ver afectadas por ella.

De esta forma, el Gobierno regional ha tendido la mano al central para poder trabajar codo con codo con el Ministerio de Vivienda y el de Turismo. La medida contempla que los inmuebles de uso turístico y temporal tendrán que contar, a partir del momento en el que sea efectivo, con un número de registro. Esta identificación deberá estar reflejada en las plataformas donde los arrendadores publiquen los anuncios.

Según recoge el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre por el que se regula el procedimiento de registro único de arrendamientos y se crea la ventanilla única digital de arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, además de obtener el número de registro, los arrendadores tendrá que aportar, junto a la solicitud, diversa información: la dirección específica, el tipo de unidad (si es una finca completa, una habitación o parte de una finca); si se ofrece como una parte o la totalidad de la residencia o el número de personas que, como máximo, se pueden alojar en la unidad.

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