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El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha impuesto una orden de alejamiento contra Luis Rubiales para proteger a Jenni Hermoso y la prohibición de comunicarse con la futbolista por cualquier canal durante la instrucción de la causa. La primera medida cautelar impide al expresidente de la Federación Española de Fútbol (FEF) aproximarse a la denunciante en un radio de 200 metros. De incumplir estas obligaciones, el magistrado podría imponer a Rubiales otras medidas más restrictivas.
En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 solo ha acordado parte de las medidas cautelares pedidas por la Fiscalía de la Audiencia Nacional y la acusación particular, en defensa de los intereses de Jenni Hermoso. En concreto, el juez rechazó la imposición de comparecencias quincenales en el juzgado, cuyo objetivo era asegurar la presencia de Rubiales, según fuentes fiscales, y la solicitud de la abogada de la jugadora de embargar de forma preventiva los bienes del investigado.
La declaración del que fuera presidente de la FEF entre mayo de 2018 y septiembre de 2023 ha durado alrededor de una hora. Rubiales, de 46 años, ha rechazado las acusaciones contenidas en la querella de la Fiscalía y ha reiterado que el beso en la boca que le dio a Jenni Hermoso en la entrega del trofeo de campeonas del Mundial fue consentido. En cualquier caso, el juez le atribuye delitos de agresión sexual y coacciones en esta primera fase de la causa.
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A la salida del juzgado, la abogada de Hermoso, Carla Vall, ha asegurado en declaraciones a los medios que su cliente «se encuentra afectada por los hechos, por el acto humillante que vivió en el estadio y que ha empañado también un hito deportivo». «Por lo tanto agradeceríamos también que el trato sea el adecuado para sostener emocionalmente también este proceso», ha pedido. En cualquier caso, Vall ha señalado que se han sentado las bases «para afianzar» lo que han sostenido «desde un primer momento: que fue un beso no consentido».
En esta línea, la letrada ha insistido en que «todo el mundo vio las imágenes». «Todo el país lo vio, y podemos decir precisamente que gracias a ello, gracias al cambio social y al cambio legal de algún modo podemos sostener que hubo completamente una falta de consentimiento por parte del señor Rubiales», ha remachado.
El que fuera también vicepresidente de la UEFA ha llegado al tribunal central poco después de las 11:00 de la mañana acompañado de su abogada Olga Tubau, la penalista catalana que tuvo un papel protagonista en una derivada del 'procés' secesionista en Cataluña en 2017. Entonces, defendió al máximo responsable de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluis Trapero, que resultó absuelto tras la sentencia conocida en octubre de 2020.
#ÚltimaHora ‼️ Luis Rubiales abandona la Audiencia Nacional tras haber testificado.
— Relevo (@relevo) September 15, 2023
🎥 @NataliaTorrente | @micheleisok pic.twitter.com/Kt14IzXLld
Rubiales, por lo tanto, ha encargado su defensa a una reconocida abogada para rebatir las acusaciones de la Fiscalía y de la acusación particular. Su estrategia se centra en mantener que en todo momento el beso a Hermoso, de 33 años, fue consentido, en línea con su comparecencia el pasado 25 de agosto en la sede de la federación cuando anunció por sorpresa que no iba a dimitir (lo haría finalmente en un programa de la televisión inglesa el pasado domingo por la noche).
La querella presentada por la fiscal Marta Durántez, número dos del Ministerio Público en la Audiencia Nacional, sostiene tras escuchar a Hermoso que el beso se produjo sin su consentimiento y que hubo presiones posteriores del entorno de Rubiales en el viaje de vuelta a España para que cambiara de opinión.
«En su declaración, (la jugadora) también refirió que tanto ella como su entorno más próximo sufrieron una presión constante y reiterada por parte de Luis Rubiales y el entorno profesional de este, para que justificara y aprobara los hechos», apostilló la fiscal, que enmarcó en ese punto el delito de coacciones: «Hermoso sufrió una situación de hostigamiento, en contra del desarrollo de su vida en paz, tranquilidad y libremente».
En su auto del pasado lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número uno acordó las primeras diligencias en este procedimiento, entre ellas recabar de RTVE el vídeo o vídeos que tengan en sus archivos que recojan el momento desde todos los ángulos en el que el querellado besa a la denunciante, así como los minutos inmediatamente anteriores y posteriores al hecho relativos a la celebración del triunfo de la selección.
Además, requirió al periódico El País el vídeo de la celebración en el vestuario que tiene colgado en Internet y al diario AS el de los momentos del beso y cualesquiera otros relacionados con los hechos. Por su parte, al diario La Vanguardia el instructor le solicitó el vídeo de la celebración en el autobús de la selección española de fútbol femenino.
En cuanto a las penas previstas por los hechos investigados, el Código Penal contempla castigos de entre uno y cuatro años de cárcel para quien realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento, que puede elevarse cuando concurren ciertas agravantes. Sin embargo, la ley prevé que el órgano sentenciador pueda imponer solo una multa «en atención a la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable, razonándolo en la sentencia y siempre que no medie violencia o intimidación o que la víctima tuviera anulada por cualquier causa su voluntad», entre otros factores.
Respecto al delito de coacciones, previsto en el artículo 172 del Código Penal, contempla penas de multa o cárcel (hasta tres años) «según la gravedad de la coacción o de los medios empleados» para quien «impida a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere».
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