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El británico Karel Mark Chichon, durante un concierto con la OFGC, de la que es director titular y artístico. COBER SERVICIOS AUDIOVISUALES
El TSJC ratifica que no hubo acoso laboral de Karel Mark Chichon

El TSJC ratifica que no hubo acoso laboral de Karel Mark Chichon hacia Isabel Turienzo

Los tres magistrados de la Sala de lo Social desestiman el recurso de suplicación interpuesto por la hoy exjefa de Producción de la OFGC

Victoriano Suárez Álamo

Las Palmas de Gran Canaria

Sábado, 21 de mayo 2022, 23:38

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias en la capital grancanaria, integrado por los magistrados Javier Ramón Díez Moro, Gloria Poyatos Matas y Óscar González Prieto, ha desestimado «el recurso de suplicación interpuesto por Isabel Turienzo Fraile contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº8 de Las Palmas de Gran Canaria de fecha 1 de septiembre de 2021», que había fallado que no existió acoso laboral por parte de Karel Mark Chichon, director titular y artístico de la Orquesta Filarmónica de Gran Canaria (OFGC), contra la hoy exjefa de Producción de esta formación.

«Contra la sentencia cabe Recurso de Casación para Unificación de doctrina, que se preparará por las partes o el Ministerio Fiscal por escrito ante esta Sala de lo Social dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia» y se advierte que para su «admisión será indispensable» que se depositen 600 euros y «el importe de la condena».

Hechos probados

«En el caso analizado del relato de hechos probados», dice la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, «no puede deducirse la existencia de una situación de acoso laboral» y es así porque «tal y como se recoge acertadamente en la fundamentación jurídica de la sentencia, los comportamientos calificados por la trabajadora como actos de hostigamiento son simplemente discrepancias en el modo de realizar el trabaja así como recriminaciones en relación a posibles errores, facultad que obviamente como director tiene atribuida el señor Chichon».

Una de las pruebas presentadas durante el juicio por Isabel Turienzo fue una serie de correos electrónicos que se transcribieron durante el mismo. Sobre esos 'emails', la sentencia del TSJC dice lo siguiente: «No pueden calificarse de actos de hostigamiento o devaluación o desprestigio profesional más allá de las diferencias existentes en la forma de desempeñar y ejecutar las funciones laborales de la actora (Isabel Turienzo) o del director artístico, pues los mensajes son bidireccionales».

La reunión

También alude a una reunión que, según Isabel Turienzo, era prueba del acoso laboral sufrido a manos del director británico. «En cuanto a la reunión mantenida entre la actora, la señora Gisela y el director señor Chichon de lo que ha resultado probado tampoco puede extraerse una conclusión en la línea pretendida por la recurrente sin perjuicio de las propias sensaciones subjetivas de la trabajadora, pero ello debe ponderarse siempre en relación a un contexto (el laboral) y en relación a una repetición de actuaciones de ataque, lo que no se produce en este caso».

«Por todo ello, solo podemos llegar a la misma convicción a la que llegó el juzgador de la instancia, apreciando la existencia de divergencias laborales entre la actora y el señor Chichon en cuanto al desarrollo del trabajo».

La sentencia en primera instancia corrió a cargo del magistrado-juez titular del Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria número 8, Gumersindo Pedro Manso Abizanda.

Y añaden los tres magistrados del TSJ: «En base a lo expuesto, debe concluirse que de los hechos que han resultado probados no puede deducirse de forma clara y contundente la existencia del acoso laboral continuado y sistemático que denuncia la actora».

También apuntan que «tampoco se aprecia la vulneración de los derechos fundamentales que se refieren por la recurrente, pues en el acto del juicio la demandada desplegó una actividad probatoria activa, que tuvo como resultado el que no resultasen probados los distintos episodios y situaciones relatados en la demanda y que son analizados de forma individualizada en el FJ2º de la sentencia por el magistrado de la instancia».

El juicio de Roig sigue pendiente

El juicio que sigue sin celebrarse por diferentes aplazamientos es el correspodiente a la demanda también por acoso laboral contra Karel Mark Chichon y la Fundación OFGC, presentada por Christian Roig Puig, cuando era gerente y se encontraba en periodo de pruebas tras ganar un concurso público.

Aquella demanda inicial fue ampliada. En julio de 2021 lo hizo en el Juzgado de lo Social nº9 de la capital grancanaria, para incluir a Antonio Morales, presidente del Cabildo de Gran Canaria, solicitar la nulidad de su cese como gerente y su readmisión inmediata, así como una indemnización de 100.005 euros por «el daño moral que se le ha ocasionado por la violación de los Derechos Fundamentales alegados».

Tomó esta vía tras asumir Morales la presidencia de la Fundación OFGC, tras la renuncia presentada por la consejera de Cultura, Guacimara Medina, que también ostentaba ese cargo.

Roig fue cesado por la comisión ejecutiva de la Fundación OFGC el 31 de marzo de 2021.

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