«El SCS tardó seis horas en trasladar al menor que perdió la pierna»
La Asociación de Usuarios y Pacientes de Lanzarote celebra que la justicia les haya dado la razón tras siete años pleiteando. Aprovechan esta sentencia para exigir mejoras en el hospital de la isla
c. inza
Arrecife
Miércoles, 12 de mayo 2021, 13:24
La Asociación de Usuarios y pacientes de Lanzarote, que preside Fidel Ascensión, se congratula de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por la que condena a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, al Servicio Canario de Salud (SCS), a indemnizar con 500.000 euros más las costas, a los tutores legales de un menor lanzaroteño que sufrió un accidente en 2013 y cuyo pronóstico y tratamiento derivaron en que éste perdiera la pierna.
El pleito que ha durado cerca de siete años fue interpuesto por esta asociación, tras ser requerida por los padres del menor para que tuvieran en cuenta su caso.
Los hechos sucedieron de la siguiente forma, tal y como explican sus responsables. «En el año 2013, el chico de ocho años, jugando en el portal de una casa, resbaló e introdujo una pierna en el cristal de una de las puertas. El vidrio atravesó su gemelo y seccionó la arteria poplítea. Se llamó a la ambulancia y fue atendido en el Hospital José Molina Orosa de Lanzarote».
El diagnóstico era evidente: «Sección de la arteria poplítea. La cuestión es que un caso médico de esta naturaleza (sección de la arteria), implicaba, sí o sí, la intervención de un cirujano vascular. Este dato es absolutamente crucial, porque en Lanzarote, no hay cirujía vascular, y por tanto el niño tenía que ser enviado de urgencia a Las palmas de Gran canaria para ser intervenido».
Periodo de oro, perdido
«El motivo de nuestra reclamación se fundamentó en que el niño entró en el hospital de Lanzarote a las seis y muy poco de la tarde y finalmente llegó al materno infantil de Gran Canaria después de las doce y media de la noche; esto supuso más de seis horas desde que se produjo el corte en la arteria. El lapso de tiempo de las seis primeras horas se denomina el periodo de oro, es decir, un intervalo temporal en el que, si se interviene en esas primeras horas, se puede salvar la extremidad, sin embargo, debido a la demora en la llamada al SUC (Servicio de Urgencias/helicóptero) se perdió esa oportunidad. Por desgracia, el niño perdió su extremidad, pues la cirujana vascular que le esperaba en el quirófano del Materno Infantil no pudo hacer absolutamente nada y tuvo que proceder a amputar.
«Nuestra reclamación (respaldada por un extraordinario informe médico de un perito forense) fue desestimada en el procedimiento administrativo (cinco años de lucha), incluso con un informe del Consejo Consultivo de Canarias que daba la razón a la Administración. El argumento sostenido por el Servicio Canario de la Salud fue que «lo primordial era salvar la vida del niño» y, supuestamente, por eso tuvo que entrar en quirófano para ser intervenido de urgencia, motivo por el que no se llamó al SUC hasta las 21:04 horas de la noche», explica el responsable de la asociación.
«Tras la desestimación en el ámbito administrativo, se interpuso demanda contenciosa ante los Juzgados de Las Palmas de Gran Canaria. En la primera instancia volvimos a perder, pues el Magistrado hizo suyos los argumentos del Servicio Canario de Salud».
Con un torniquete hubiera bastado
Desde la asociación que preside Fidel Ascensión señalan que «finalmente, recurrimos ante la Sala de lo Contencioso Administrativo con la esperanza de que, aunque fuera en esta última instancia, el Tribunal que tenía que resolver, viera de una vez por todas, lo que para nosotros era obvio, y es que los argumentos del Servicio Canario de Salud no se atenían a la realidad, algo de lo que ellos mismos eran conscientes, pues el motivo del retraso en el traslado fue que sabiendo que esa lesión no podía ser resuelta en Lanzarote de ninguna manera, se aventuraron a meter al niño en un quirófano, con la intención de coserle la arteria, cuando con un torniquete o un clampaje, podrían haber salvado la situación. Llamando al SUC sobre la marcha (en torno a las 18.40 o 19.00 horas ) y haber tenido al menor en Gran Canaria mucho tiempo antes, lo que sin lugar a dudas hubiera salvado su pierna«.
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, de Las Palmas, en Sentencia de 7 julio de 2020, estimó nuestras pretensiones íntegramente, accediendo a la indemnización solicitada y con expresa imposición de costas al Servicio Canario de la Salud.
Mejoras y un helicóptero permanente
La asociación añade que «este asunto ha sido de una gran satisfacción personal y profesional, no solo por cómo ha finalizado, sino por su desarrollo, un camino en el que solo nos hemos encontrado trabas y obstáculos, aunque eso sí, en última instancia se ha hecho verdadera justicia».
La asociación aprovecha también esta sentencia para reivindicar que se dote a Lanzarote de una base permanante de un helicóptero y un helipuerto para reducir los tiempos de evacuación a otros hospitales de referencia en Canarias, algo que Fuerteventura también lo solicita, sin embargo Fuerteventura ya tiene base permanente del helicóptero de servicio de rescate.
También demandan especialistas en Neuropediatría, Neurocirugía o Traumatología infantil y una Unidad de Hemodinámica y piden que se dote a la isla de un nuevo centro hospitalario con más servicios para cubrir la actual demanda de residentes y turistas.