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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas celebró este martes un juicio contra Camilo F.V.A., acusado de un delito de abuso sexual por el que la Fiscalía Provincial de Las Palmas le solicita siete años de prisión, además de su expulsión del territorio español una vez cumplida la mitad de la condena. Según las acusaciones, los hechos ocurrieron en enero de 2022 en el domicilio donde vive el procesado en la capital grancanaria donde, presuntamente, sometió químicamente a la joven para anular su voluntad y violarla posteriormente.
La acusación particular representada por el letrado Domingo Alonso Monzón pide nueve años de cárcel, mientras que la defensa ejercida por la abogada Rosario Morales Hernández interesa la libre absolución de su cliente.
Según el relato de la víctima, quien conoció al acusado a través de redes sociales tras verlo en varias ocasiones en los alrededores de los institutos de Tomás Morales, los hechos ocurrieron después de asistir a una celebración en Las Canteras con amigos en común.
La víctima afirmó que habían acordado que ella pasaría la noche en casa de Camilo F.V.A. y por eso llevó antes de la fiesta sus enseres personales a la vivienda, pero que dejó claro que no quería mantener relaciones sexuales con él. «Le dije de broma que como me hiciera algo, le mataba», declaró durante el juicio, añadiendo que reiteró su negativa en el camino hacia el domicilio.
La perjudicada relató que, al llegar a la vivienda después de una noche de fiesta en las inmediaciones de la playa de Las Canteras, entró en la habitación y ya en la cama le ofreció Camilo un zumo que ella se bebió. De inmediato comenzó a sentirse somnolienta y con la voluntad «anulada». Según su declaración, el acusado aprovechó ese momento para realizarle tocamientos no consentidos en su pecho y genitales, y posteriormente la penetró vaginalmente. «Le dije de forma clara, 'déjame dormir', pero él no paró», aseguró la joven, quien describió sentirse «botada» tras ingerir la bebida. En la mañana siguiente, según su versión, decidió irse a casa y, tras ducharse, comenzó a recordar los hechos, percibiendo algunos moretones en su cuerpo.
Por su parte, Camilo F.V.A. negó todas las acusaciones y afirmó que las relaciones sexuales fueron consensuadas. En su declaración aseguró que P.L.R. se encontraba cómoda en todo momento y que, aunque intentó mantener un segundo encuentro íntimo durante la noche, la joven le pidió que se detuviera, a lo que accedió. «Ella se iba a quedar en mi casa después de haberlo hablado previamente. En ningún momento opuso resistencia», manifestó. El acusado también afirmó que al día siguiente ambos hablaron con normalidad antes de que él la acompañara a la parada de guaguas.
Añadió que la notó incómoda tras explicarle que no buscaba una relación seria, pero aseguró que no hubo nada fuera de lo habitual en su comportamiento.
En el juicio también prestaron declaración testigos y peritos. Un amigo de la víctima corroboró que estuvieron juntos en el lugar de la celebración, pero no observó comportamientos afectivos entre la víctima y Camilo. Además, aseguró que la joven le informó bastante tiempo después de que había sufrido un abuso sexual cuando lo llamó para preguntarle si podían citarlo como testigo en el procedimiento judicial.
Por otro lado, forenses del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas indicaron que la exploración física de la víctima mostró dos hematomas, pero no lesiones genitales ni evidencias concluyentes de sumisión química debido al tiempo transcurrido entre los hechos y el examen forense.
Un psicólogo que atendía a la joven desde antes de los hechos ya que había sido derivada desde una unidad de Salud Mental hasta su servicio al padecer un trastorno de la personalidad, dijo que la víctima «se encontraba subjetivamente angustiada por estos hechos» y que le narraba que «había sido abusada sexualmente utilizando algún método de sumisión química».
También detalló que «el trastorno de inestabilidad emocional se caracteriza por problemas en las relaciones personales, con una tendencia a establecer vínculos de intimidad para luego actuar de manera contraria», manifestó.
Este procedimiento quedó visto para sentencia.
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