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El Supremo ratifica la pena a un adulto por abusar de su sobrina política menor

El Supremo ratifica la pena a un adulto por abusar de su sobrina política menor

tribunales ·

El Alto Tribunal inadmitió el recurso de casación y el condenado entrará en prisión el día 27 para cumplir tres años y tres meses de condena

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 23 de junio 2022, 23:48

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El próximo lunes 27 ha sido emplazado Juan Manuel Ortega Martel para entrar en prisión después de que el Tribunal Supremo inadmitiera el recurso de casación planteado por su representación legal contra la sentencia que lo condenó a tres años y tres meses de cárcel por abusar sexualmente y de forma continuada de su sobrina política menor de edad.

El Alto Tribunal ratificó la sentencia dictada el 21 de junio de 2021 por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas y no atendió las pretensiones formuladas por la defensa. Por una parte, cuestionó la cuantía de la responsabilidad civil fijada en 15.000 euros. También se quejó porque la Sala de instancia no apreció la atenuante de la reparación del daño y, por último, que la Sala de instancia incurrió en un error en la valoración de la prueba.

Ninguno de estos supuestos fueron valorados por la Sala Segunda del Supremo, por lo que procedió a inadmitir el recurso y, por ende, a decretar la firmeza del fallo.

Los hechos

Según la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, Juan Manuel Ortega Martel vivía con su esposa en el año 2014 en un inmueble de dos plantas situado en el cruce de Arinaga (Agüimes).

En ese domicilio «en aquellas fechas y también en años anteriores», solía acudir la víctima -que tenía entre 11 y 12 años en la fecha de la comisión de los hechos- y que era la sobrina política del acusado. «La entonces menor solía pernoctar con relativa frecuencia en la casa de sus tíos, con quienes mantenía una relación familiar fluida y estrecha, al igual que con sus primos, quienes por aquel entonces contaban con seis años de edad el niño y con uno la niña», añade la sentencia.

El contacto de la víctima con sus tíos «era frecuente», añade el fallo, aumentando el mismo ese año 2014 a raíz de que la menor y su madre salieron de casa de sus abuelos maternos donde llevaban tiempo viviendo. Esto motivó que motivó que la perjudicada «residiese con sus tíos y primos a partir de enero de ese año durante, al menos, un mes».

Pero esa convivencia familiar aparentemente normal se torció a partir del instante en que la menor empezó a vivir más a menudo en esa casa del cruce de Arinaga. Ella se quedaba en casa de sus tíos y compartía, en la planta superior, dormitorio con su primo de seis años. Éste dormía en una cama y ella en un colchón que se colocaba en el suelo.

En este contexto, una vez que los menores estaban acostados, Juan Manuel Ortega Martel «esperaba a que estuviesen dormidos y aprovechaba el horario nocturno para pasar, de manera clandestina, por esa habitación». Al llegar se ubicaba al lado de su sobrina política y procedía «con evidente intención de atentar contra su indemnidad sexual», a cometer los abusos sexuales por los que fue condenado. Según la sentencia, sobaba y acariciaba sus pechos y también le llegó a tocar sus genitales «introduciendo su mano por dentro del pantalón del pijama».

Al mismo tiempo, «ejecutaba actos propios de la masturbación masculina y acercaba el pene a la boca de la menor, sin llegar a introducirlo», expone la resolución judicial.

Estos encuentros fueron, según la Audiencia Provincial de Las Palmas, «periódicos y las actuaciones referidas se repitieron en varias ocasiones, más de dos, durante el espacio temporal que va de enero a agosto de 2014». El condenado «se prevalió de la buena relación familiar existente e hizo uso de su rol de tío para acercarse a la menor y ganar su confianza y silencio», sostiene.

Como consecuencia de estos actos, la por aquel entonces menor de edad sufrió un problema emocional y conductual caracterizado por sentimientos de vergüenza y de culpabilidad, cuya huella psicológica, dado el contenido sexual de los hechos sufridos, resultó «incuestionable» para los forenses que la examinaron. En tal secuela, también influyó notablemente «la ruptura del lazo afectivo que mantenía con sus primos, al no existir desde entonces relación ni comunicación entre ellos», destaca el informe.

La condena

Por estos hechos, Juan Manuel Ortega Martel fue condenado por un delito continuado de abuso sexual a menor de 13 años a tres años y tres meses de cárcel. Además, se le impuso una prohibición de aproximarse a la víctima durante 11 años y tres meses, manteniendo una distancia mínima de 500 metros, así como la prohibición, durante ese tiempo, de comunicarse con ella por cualquier medio.

También le penaron a una medida de libertad vigilada por el tiempo de cinco años a cumplir cuando salga de prisión, y el pago de 15.000 euros de indemnización por los daños morales causados a la víctima con sus actos, además de las costas procesales.

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