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Imagen de uno de los sillones de la sala de vistas del Palacio de Justicia de San Agustín. JUAN CARLOS ALONSO

Los juzgados de Canarias gestionaron 358 millones en depósitos y consignaciones en 2024

El saldo final en las cuentas judiciales del archipiélago arrojó un balance positivo total cifrado en más de 179,2 millones de euros

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 12 de agosto 2025, 02:00

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En el mismo ejercicio, los órganos judiciales ordenaron 267.577 salidas de estas cuentas, que sumaron 357.925.836,92 euros. Por provincias, se efectuaron 156.414 pagos desde Las Palmas, por un total de 215.826.452 euros, y 111.163 pagos desde Santa Cruz de Tenerife, con un importe global de 142.099.384,27 euros.

A 31 de diciembre, el saldo acumulado en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales en el archipiélago ascendía a 179.244.977,12 euros, de los que 99.745.414,34 euros estaban en la provincia de Las Palmas y 79.499.562,78 euros en la de Santa Cruz de Tenerife. Estas cuentas recogen fondos ingresados por distintos conceptos, como garantías establecidas en procesos judiciales, cantidades procedentes de intervenciones o incautaciones realizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ingresos para asegurar embargos o consignaciones derivadas de la ejecución voluntaria o forzosa de resoluciones judiciales.

La gestión de estos fondos se realiza a través de un contrato adjudicado al Banco de Santander, según anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado el 23 de septiembre de 2022.

En el contexto nacional, durante 2024 se registraron 5.039.164 entradas en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales. Canarias concentró un 7,5% de esas operaciones. El saldo total en España al cierre del año fue de 5.106.255.465,44 euros, de los que un 3,5% estaba depositado en las cuentas de los juzgados canarios.

La Memoria del TSJC también recoge datos sobre la recaudación de multas judiciales. En el conjunto del Estado, en 2024 se ingresaron 112.362.988 euros por este concepto, un 2,9% menos que en 2023. En Canarias, por el contrario, la recaudación creció un 53% respecto al año anterior, alcanzando 4.867.218 euros frente a los 3.180.245 euros de 2023. Por provincias, Las Palmas recaudó 3.608.203 euros, lo que supone un aumento del 61,6% sobre los 2.223.123 euros del año previo, mientras que Santa Cruz de Tenerife ingresó 1.259.015 euros, un incremento del 76% en comparación con los 957.122 euros de 2023.

En materia de subastas judiciales, en España se celebraron el año pasado 12.166 procedimientos de este tipo, un 0,4% más que en 2023. En Canarias se realizaron 364 subastas, lo que representa un 2,9% del total nacional. De ellas, 214 tuvieron lugar en la provincia de Las Palmas y 150 en la de Santa Cruz de Tenerife. La cifra supone un descenso del 11,3% respecto a las 410 subastas celebradas en las islas en 2023.

Estos datos se enmarcan en el sistema de subastas electrónicas implantado en octubre de 2015, que permite la venta de bienes embargados -como viviendas, solares, garajes, vehículos, joyas o maquinaria- para pagar deudas reconocidas en procesos judiciales. El objetivo es dar mayor transparencia al procedimiento y facilitar la participación sin necesidad de desplazamientos físicos.

Así administra la Justicia en España el dinero que recibe y custodia durante un procedimiento

La legislación española define con precisión qué son los depósitos y consignaciones judiciales y en qué casos se utilizan. El artículo 1.2 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, los describe como los fondos -ya sea dinero en efectivo, cheques, valores u otros efectos- que se ingresan en una cuenta oficial para que queden a disposición de los órganos de la Administración de Justicia durante un procedimiento judicial.

En el caso de los depósitos judiciales, la ley contempla varias situaciones concretas. En primer lugar, las garantías y fianzas. Este supuesto se da cuando un juez exige una fianza, caución u otra garantía procesal para asegurar que se cumplirá una obligación o para poder continuar con un procedimiento. También está el dinero o valores incautados, que incluye las intervenciones de efectivo, billetes, cheques o valores realizables efectuadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Vigilancia Aduanera o cualquier otro funcionario público, siempre que esos fondos se pongan a disposición de la autoridad judicial competente.

En cuanto a los embargos, se refiere a cualquier ingreso resultante del embargo de bienes, así como de las cantidades localizadas durante la práctica de diligencias judiciales, también debe ingresarse en la cuenta de depósitos judiciales. Por su parte, las consignaciones judiciales se producen cuando el pago de una cantidad se realiza dentro de un proceso de ejecución —ya sea voluntaria o forzosa— de un título que lleve aparejada ejecución, como una sentencia firme o un laudo arbitral. También se incluyen las consignaciones con finalidad liberatoria, es decir, cuando la persona obligada a pagar deposita el dinero en la cuenta judicial para extinguir la deuda, así como otros supuestos previstos en la legislación.

Este sistema permite garantizar la custodia de los fondos vinculados a un proceso judicial, asegurar que se cumplan las decisiones del juez y ofrecer un canal transparente y controlado para la gestión de cantidades que, en muchos casos, tendrán que ser devueltas, entregadas a la parte ganadora del pleito o aplicadas a la satisfacción de una deuda reconocida judicialmente.

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