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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado en grado de apelación la condena de ocho años de prisión impuesta al patrón de la patera que naufragó durante la travesía hacia Canarias el 10 de septiembre de 2023, provocando la muerte de 13 personas. La sentencia ratifica el fallo dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas el pasado 16 de mayo de 2024.
El condenado, de nacionalidad senegalesa y en situación irregular en España, ha sido hallado culpable de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, así como de trece delitos de homicidio por imprudencia grave. La condena incluye cuatro años y seis meses de prisión por el delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, y cuatro años por los homicidios imprudentes, además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Según los hechos probados, el acusado asumió la responsabilidad de patronear una embarcación neumática que zarpó de una playa cercana a Tan Tan, Marruecos, con destino a la isla de Fuerteventura, transportando a 51 personas, entre ellas al menos dos menores de edad. La embarcación, que carecía de medidas de seguridad y chalecos salvavidas para todos los ocupantes, se partió en dos a unas 42 millas de la costa de Fuerteventura, lo que provocó la caída de varios migrantes al mar y la muerte de 13 de ellos. Los otros 39 migrantes fueron rescatados por Salvamento Marítimo y trasladados al muelle de Gran Tarajal.
La defensa del acusado alegó infracciones procesales y solicitó la aplicación del principio «in dubio pro reo», argumentando que existían dudas razonables respecto a la autoría del acusado, apoyándose en declaraciones contradictorias de testigos que afirmaron no haber visto la cara del patrón debido a que este llevaba un pasamontañas. Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos, considerando que las pruebas presentadas, incluidas las declaraciones preconstituidas de dos testigos protegidos que identificaron al acusado como el patrón de la embarcación, eran suficientes y válidas para sostener la condena.
El TSJC destacó la precaria situación de la embarcación y la total falta de medidas de seguridad, lo que llevó a considerar al acusado responsable de la tragedia ocurrida en alta mar. La sentencia señala que la embarcación neumática, de pequeñas dimensiones y sin ningún tipo de equipamiento de seguridad, era completamente inadecuada para una travesía de tal magnitud, poniendo en grave peligro la vida de todos los ocupantes.
El fallo del TSJC confirma la gravedad de los hechos y ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas en todos sus términos, sin aceptar ninguna de las alegaciones presentadas por la defensa. Asimismo, se establece que las costas del recurso correrán a cargo del condenado. Contra esta decisión cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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