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Imagen de los acusados y sus respectivos letrados. C7
Condenas mínimas para Suárez y Orce, los dos acusados del caso Infecar
Tribunales

Condenas mínimas para Suárez y Orce, los dos acusados del caso Infecar

El fallo considera al exdirector de Infecar y al responsable de la empresa Hérgora Catering SL, culpables del delito de malversación por el que fueron acusados por la fiscal Cecilia Acebal.

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 10 de diciembre 2020

El magistrado Miguel Ángel Parramón, presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, ha condenado a Rafael Suárez y Carlos Orce a un año de prisión, 4.450 euros de multa y la suspensión de empleo o cargo público durante un año, 11 meses y un día a cada uno, por el denominado caso Infecar.

La sentencia transforma en condena el veredicto dictado por el jurado popular, que consideró al exdirector de Infecar y al responsable de la empresa Hérgora Catering SL, culpables del delito de malversación por el que fueron acusados por la fiscal Cecilia Acebal.

Según el fallo, los dos condenados intervinieron, en diciembre de 2011, en la confección de la factura de un servicio de suministro de comidas y bebidas realizado en el noveno congreso autonómico del Centro Canario Nacionalista (CCN), que tuvo lugar el 17 y 18 de ese mes en la Institución Ferial de Canarias.

El importe de ese servicio fue de 3.500 euros y, al hacer la factura por indicación del director de Infecar, Rafael Suárez, el responsable de la empresa que lo prestó, Carlos Orce, hizo que constara como un taller infantil de cocina saludable, a sabiendas de que ello no se correspondía con la realidad. Todo ello reportó un beneficio al CCN, que no abonó cantidad alguna por dicho servicio, recibiendo, de esta forma, un trato de favor.

Al considerar que estos hechos suponían un delito de malversación de caudales públicos, el fiscal solicitó para ambos una multa de 6.000 euros, un año y nueve meses de cárcel y tres años de suspensión de empleo o cargo público, respectivamente. En concepto de responsabilidad civil, interesa que ambos acusados indemnizaran a Infecar con 3.500 euros.

El magistrado determinó que la indemnización a Infecar será de 3.500 euros, y declara al CCN partícipe a título lucrativo, con la responsabilidad civil subsidiaria de Hergora Catering. Además, para la suspensión de la pena de prisión, deberán los dos condenados no delinquir en cinco años, abonar la responsabilidad civil y prestar trabajos en beneficio de la comunidad durante seis meses.

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