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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado al doctor Carlos Lázaro Roldán a una pena de 29 años y medio de cárcel por haber abusado de 26 pacientes cuando ejercía como médico de familia en el centro de salud de Canalejas.
El fallo, que tuvo como ponente al magistrado Carlos Vielba, determina que Roldán cometió 10 delitos continuados de abuso sexual y 16 delitos de abuso sexual. En el primero de los casos, la Sala impuso una pena de un año y nueve meses por cada uno de los delitos, en lugar de los dos años y un día que interesaba el Ministerio Fiscal. Por otro lado, en el caso de los 16 delitos simples, le impuso nueve meses por cada uno de ellos, por el año que pedía la acusación pública. En total, la suma total de las condenas asciende a 29 años y medio de prisión.
En lo que respecta a la responsabilidad civil, la cifra íntegra que deberá abonar a las víctimas asciende a 95.250 euros. Hay que recordar que el condenado, que reconoció los hechos en el juicio, abonó con carácter previo a la celebración de la vista 121.250 euros para satisfacer las cantidades que solicitaban las víctimas por los daños morales ocasionados, además de las costas del procedimiento.
De esta forma, la defensa, ejercida por María Rosa Díaz Bertrana consiguió su propósito de que Lázaro Roldán no fuese condenado en ninguno de los delitos a más de dos años, como así interesaba la Fiscalía en la búsqueda de un posible planteamiento de suspensión de la pena privativa de libertad.
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La sentencia estimó como circunstancia atenuante la de reparación del daño, puesto que pagó por anticipado las indemnizaciones. Por contra, no apreció la atenuante de alteración psíquica planteada por Díaz Bertrana, «ello aún reconociendo que los informes psicológicos aportados» objetivaron «una demencia fronto temporal». Añadió este dictamen que «la facultad de obrar, entender y querer ha estado menoscabada», pero advierte la Sala que «no se determina que la afectación que esta demencia se produjo al tiempo de los hechos, por más que la misma se valorara a la hora de determinar la pena», sostiene el documento.
«En definitiva no existe atisbo alguno de duda en la realidad de los hechos, por lo que se hade declarar al acusado Carlos Lázaro Román como autor criminalmente responsable de […] 16 delitos de abusos sexuales y 10 delitos continuados de abuso sexual, por su participación directa y voluntaria en los hechos que los integran», determina la Audiencia Provincial de Las Palmas.
Según la resolución, el 'modus operandi' habitual que utilizaba era siempre el mismo. Las víctimas acudían a su consulta y el acusado las convencía para darles un masaje o quitarles la ropa para examinarlas, aunque sus dolencias no tuvieran relación alguna con estas prácticas totalmente alejadas de las habituales en un médico de familia.
En la mayoría de las ocasiones, se colocaba de pie detrás de las pacientes y, mientras simulaba que les estaba haciendo un masaje, aprovechaba para frotar su pene erecto contra el cuerpo de las víctimas. En otros casos, las mismas describieron como llegó a cogerles de las manos para también frotar sus genitales.
En diversos testimonios describieron algunas afectadas que el acusado llegó a desabrocharles el sujetador, a otras le tocó los pechos, la vagina y el trasero por fuera de la ropa.
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