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Parada, a la derecha junto al embajador ruso en España, Yuri P. Korchagin. C7
Condenan al cónsul de Rusia en Canarias, Gonzalo Parada, por impago de pensiones

Condenan al cónsul de Rusia en Canarias, Gonzalo Parada, por impago de pensiones

Tribunales ·

Por el delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones, una multa de 1.260 euros y otros 1.730 de indemnización, por haber dejado de abonar la pensión alimenticia establecida de su hijo

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 19 de marzo 2021, 00:00

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Gonzalo Parada, cónsul honorario de Rusia en Canarias, ha sido condenado por el delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones, al abono de una multa de 1.260 euros y otros 1.730 de indemnización, por haber dejado de abonar la pensión alimenticia establecida de su hijo desde septiembre de 2019 hasta junio de 2020.

El fallo dictado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Las Palmas de Gran Canaria estima como válido el planteamiento ofrecido por el letrado de la acusación particular, Eduardo López Mendoza, que acreditó que Parada dispuso de capacidad económica suficiente para cumplir su obligación de pagar la pensión de alimentos de su hijo y que dejó de abonarla por causas ajenas a las supuestas dificultades económicas que sufría, como así él declaró en el juicio. Detalló que tenía parte de la pensión embargada por deudas con los bancos, perdió su piso y naves industriales en Tenerife y añadió que cobraba 1.140 euros mensuales.

Pero el juez estimó que a esta cantidad, debían sumárseles los ingresos que obtenía como cónsul honorario de la Federación Rusa, que si bien no fueron cuantificados «pueden estimarse que superaban el importe de la pensión de jubilación», dice la sentencia según se desprende de la declaración prestada por su ex, la cual tuvo conocimiento porque trabajó en el consulado como contable. Parada dijo que la embajada pagaba los gastos de la oficina consular, lo que supondría ir en contra de lo que determina el Estatuto consular de la Federación de Rusia, que lo prohibe expresamente.

Otros indicios sobre el dolo con el que obró Parada al incumplir su obligación, fue que el acusado comunicó a su ex que «a partir del 1 de septiembre de 2019 dejaría de abonar la pensión a favor de su hijo», porque el mismo «era mayor de edad y no cumplía con sus obligaciones como estudiante», sin hacer mención «a ninguna imposibilidad económica de cumplir dicha obligación». También valora el juez que «a partir del momento en el que recibió copia de la querella, comenzó a pagar regularmente la pensión de alimentos y además abonó casi la mitad de las mensualidades impagadas y reclamadas». De las pruebas, el magistrado Francisco Luis Liñán Aguilera desprende como conclusión, que Parada «percibió ingresos con los cuales podía haber cumplido de manera íntegra la obligación de atender a los gastos esenciales» de su hijo.

Hay que recordar que el cónsul tiene aún pendiente un procedimiento judicial por violencia de género también contra su expareja.

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