Borrar
Imagen de la fachada del hospital Materno Infantil de la capital grancanaria. Juan Carlos Alonso
Otra condena al SCS por un bebé nacido con daño cerebral: medio millón por la pérdida de oportunidad

Otra condena al SCS por un bebé nacido con daño cerebral: medio millón por la pérdida de oportunidad

Tribunales ·

La madre estuvo dos días ingresada en el Materno y le practicaron la cesárea mucho tiempo después de que el bebé hubiese dado síntomas de alarma

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 21 de enero 2025, 01:00

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Servicio Canario de la Salud (SCS) al pago de 500.000 euros a los padres de un bebé que sufrió graves lesiones cerebrales durante el parto. La sentencia, dictada por la magistrada Esperanza Ramírez Eugenio, considera que la Administración incurrió en una pérdida de oportunidad al no adelantar la cesárea pese a los signos de alarma observados durante las horas previas al parto.

El fallo pone de relieve los hechos ocurridos entre los días 5 y 7 de agosto de 2021, cuando la madre ingresó en el Hospital Universitario Materno Infantil en la semana 40+2 de gestación por una posible rotura prematura de membranas. Según la sentencia, tras diversas pruebas y monitorizaciones, se observó fiebre intraparto y episodios de desaceleraciones en la frecuencia cardíaca fetal. No obstante, el equipo médico decidió esperar horas y horas para proceder con una cesárea, que finalmente se llevó a cabo cuando ya existía un diagnóstico de desproporción pélvico-cefálica.

Ell dato

Ell dato
  • 1.718.350 millones debe de pagar la Sanidad canaria a tres familias por sendas sentencias condenatorias basadas, en síntesis, en el mismo argumento, la falta de oportunidad y demora a la hora de practicar una cesárea en el Materno Infantil.

  • Tres casos La más cuantiosa, una de un millón de euros, otra por 218.350 euros y esta última de medio millón.

El recién nacido llegó al mundo en estado crítico, con un test de Apgar de 3 al primer minuto, 5 a los cinco minutos y 7 a los diez minutos, además de un pH arterial del cordón umbilical de 7,17. El menor fue ingresado inmediatamente en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales con un diagnóstico de encefalopatía hipóxico-isquémica grado IIb. Durante su estancia en el hospital, los especialistas detectaron lesiones neurológicas severas, incluyendo microcefalia y espasmos infantiles, que han derivado en una discapacidad del 75% y un grado de dependencia 3, según informes médicos posteriores.

La magistrada Ramírez Eugenio basa su decisión en la doctrina de la pérdida de oportunidad, un concepto jurídico que reconoce que aunque no pueda garantizarse que una acción médica distinta habría evitado el daño, sí pudo haberse reducido su alcance. En este caso, la sentencia considera que «los signos de sufrimiento fetal y la fiebre intraparto debieron haber motivado una intervención más temprana». Esto habría reducido el tiempo de expulsivo activo y, posiblemente, minimizado las graves consecuencias neurológicas para el menor.

El fallo, sin embargo, descarta que el SCS incurriera en una negligencia flagrante, señalando que las actuaciones médicas siguieron los protocolos establecidos, aunque con insuficiente diligencia ante los indicios observados. «La demora en la realización de la cesárea privó al feto de una alternativa de tratamiento que pudo aminorar los riesgos», señala el texto judicial.

Avala la tesis de Carmen Delia Rodríguez

La representación de los padres del menor, ejercida por la abogada Carmen Delia Rodríguez García, argumentó durante el proceso que la vigilancia fetal fue inadecuada y que los episodios febriles y las desaceleraciones en el monitoreo fetal evidenciaban la necesidad de adelantar el parto. Esta opinión fue respaldada por informes periciales que señalaron que la intervención tardía agravó las lesiones sufridas por el recién nacido.

Por su parte, el SCS defendió que no existieron elementos suficientes para justificar una intervención más temprana, negando cualquier responsabilidad en las lesiones del menor. Según la Administración regional, el equilibrio ácido-base del feto al nacer, reflejado en los resultados del pH arterial del cordón umbilical, no indicaba una hipoxia intraparto severa. Sin embargo, la magistrada valoró que los signos de sufrimiento fetal, junto con las condiciones maternas, eran suficientemente indicativos de la necesidad de actuar con mayor celeridad.

El juzgado fijó la indemnización en 500.000 euros, una cantidad que, según el fallo, se considera adecuada para compensar los daños sufridos por el menor y su familia. La cifra incluye tanto las consecuencias físicas y neurológicas del niño como el impacto emocional y económico derivado de su situación de dependencia. En la demanda, los padres del menor reclamaron 2.407.056,66 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios derivados de la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública

La resolución también establece que la indemnización deberá incrementarse con los intereses legales desde la presentación de la reclamación hasta el momento del fallo, que puede ser recurrido en apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Canarias.

Los exteriores de la Ciudad de la Justicia. Arcadio Suárez

Tres fallos con un coste de 1,7 millones a las arcas públicas

Recientemente se conocieron, al menos, dos precedentes con sentencias condenatorias contra el SCS basadas, en síntesis, en demora o ausencia de la práctica de una cesárea a una paciente en el Materno que derivó en nacimientos de bebés con daños de importancia.

La sentencia más cuantiosa la impuso el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, que reconoció el «derecho fundamental» de una embarazada a elegir entre parto natural o cesárea, denominando lo actuado por los profesionales sanitarios como «violencia obstetricia».

Otro fallo dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria penó al SCS a indemnizar con 218.350,50 euros a unos padres por vulnerar el derecho a la información de la madre al no haberse ofrecido un consentimiento informado válido.

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 Otra condena al SCS por un bebé nacido con daño cerebral: medio millón por la pérdida de oportunidad