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En primer término, el letrado de la acusación particular, Alberto Suárez Bruno. F. J. F.
Cárcel para un sargento por abusar de una soldado fuera de servicio: el Estado será responsable civil

Cárcel para un sargento por abusar de una soldado fuera de servicio: el Estado será responsable civil

Tribunales ·

Cuatro años de prisión por unos hechos ocurridos en una fiesta privada, pero considerados dentro del ámbito militar debido a la relación de subordinación

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 6 de diciembre 2024, 01:00

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de cuatro años de prisión y pérdida de empleo a un sargento del Ejército de Tierra por abusos sexuales cometidos sobre una soldado que fue subordinada suya fuera de instalaciones y horarios militares. La sentencia, además, impone al condenado una indemnización de 10.000 euros por daños morales y declara, en una decisión muy novedosa, la responsabilidad civil subsidiaria del Estado español si el acusado no puede cubrir dicha cantidad a pesar de que estaban fuera del acuartelamiento y en un acto lúdico. La sentencia apoya los argumentos planteados por el letrado de la acusación particular, Alberto Suárez Bruno.

El 1 de octubre de 2020, el sargento Christian Alexander Galvis Osorio celebró su cumpleaños en su vivienda compartida en Telde, fuera de las instalaciones militares. Para la ocasión, organizó un grupo de WhatsApp en el que incluyó a varios compañeros, entre ellos la soldado víctima. Según la sentencia, el sargento envió mensajes personales a la soldado invitándola a dormir en su habitación, asegurándole que estaría «más cómoda».

Durante la velada, «el sargento Galvis comenzó a acercarse cada vez más a la soldado, acariciándole el muslo derecho», actitud que incomodó a la víctima. La soldado intentó evitar situaciones comprometedoras, pero el acusado insistió en su conducta. En un momento, «la cogió por la cintura y la llevó a su habitación, donde cerró la puerta y la tiró sobre la cama». Aunque la soldado se resistió, el sargento logró someterla a tocamientos no consentidos.

Horas después, mientras la víctima dormía, el sargento volvió a entrar en la habitación y la sometió nuevamente a un intento de agresión sexual, según recoge la sentencia: «la soldado despertó por un ruido y observó que el sargento estaba arrodillado a su lado, rozando con su pene sus labios y tocándole la vagina tras bajarle los pantalones y las bragas». La soldado reaccionó empujándolo y el sargento abandonó la habitación.

Los hechos tuvieron un impacto significativo en la víctima, quien experimentó síntomas de ansiedad y depresión, aunque según los informes periciales no desarrolló un trastorno psicológico grave.

El fallo

  • El Tribunal Supremo confirma los cuatro años de cárcel, la pérdida del empleo como militar. 10.000 euros tendrá que abonar de indemnización y la responsabilidad civil subsidiaria es del Estado.

El Tribunal Militar Territorial quinto condenó al sargento Galvis Osorio en mayo de 2024 a cuatro años de prisión y la pérdida de empleo por un delito de abuso de autoridad en su modalidad de abusos sexuales sobre subordinado, en concurso con lesiones. Además, impuso medidas de alejamiento que prohiben al acusado acercarse a la víctima a menos de 1.000 metros o comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años.

En materia civil, la Sala estableció una indemnización de 10.000 euros por daños morales y declaró la responsabilidad civil subsidiaria del Estado Español, señalando que la especial relación jerárquica y disciplinaria del ámbito castrense justifica que el Estado asuma las consecuencias civiles en caso de insolvencia del condenado.

Fuera del cuartel

La sentencia ya firme destacó que los hechos no ocurrieron en un acto de servicio ni en instalaciones militares, pero que la relación jerárquica entre el acusado y la víctima fue un factor determinante en la comisión de los abusos.

Según el Tribunal, la subordinación generó un «respeto reverencial» hacia el superior, que condicionó el comportamiento de la soldado y su incapacidad para oponer una resistencia efectiva.

El condenado recurrió la sentencia alegando, entre otros motivos, que los hechos no deberían ser juzgados bajo el marco del código penal militar al haberse producido fuera del ámbito laboral y que las pruebas eran insuficientes para una condena.

El Tribunal Supremo rechazó estos argumentos, ratificando la condena e insistiendo en que la relación jerárquica entre el acusado y la víctima fue un elemento clave. Según la sentencia, «los hechos se produjeron en un marco de subordinación jerárquica que es intrínseco al ámbito castrense y no depende de la localización o del horario en que se desarrollen».

El Supremo señaló que las pruebas presentadas, incluidos los testimonios y los mensajes de WhatsApp enviados por el acusado, eran suficientes para acreditar los abusos. En particular, destacó el cambio de tono en los mensajes del acusado, que pasó de un lenguaje amigable a un tono imperativo: «Vente a mi habitación en un rato, te animas».

Pagaría el Gobierno

En cuanto a la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, el Supremo la consideró procedente, subrayando que «el marco jerárquico y disciplinario militar impone al Estado una responsabilidad especial en la protección de las víctimas de abusos perpetrados por superiores, incluso fuera del horario de servicio». Esta petición la formuló únicamente el letrado de la defensa, Alberto Suárez Bruno.

El Supremo consideró clave el testimonio coherente y consistente de la víctima a lo largo del proceso, corroborado por mensajes y declaraciones de testigos. Según la sentencia, la versión del acusado carecía de credibilidad, pues este «incurrió en múltiples contradicciones y ofreció explicaciones inverosímiles».

La defensa intentó desacreditar a la víctima alegando inconsistencias en su relato, pero el Tribunal señaló que estas eran mínimas y que no afectaban la coherencia general de su declaración. Además, los testigos presentes en la fiesta confirmaron la actitud invasiva del acusado hacia la soldado.

Los mensajes de WhatsApp enviados por el sargento también fueron determinantes. La sentencia indicó que estos mostraban un intento reiterado de forzar una relación íntima con la víctima, lo que desmontaba la versión de que los hechos fueron consentidos.

Relación jerárquica

El Supremo reafirma que la relación jerárquica y disciplinaria propia del ámbito militar extiende la responsabilidad del Estado en casos de abusos cometidos por superiores, incluso fuera de actos de servicio. Este fallo sienta un precedente importante en la interpretación de las obligaciones del Estado hacia las víctimas de delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas.

Para la víctima, que actualmente es policía, esta resolución representa el cierre de un proceso que comenzó con su denuncia en 2020. Para el acusado, la confirmación de la sentencia implica no solo la pérdida de su carrera militar, sino también una responsabilidad económica significativa, que en caso de insolvencia recaerá en el Estado.

El fallo subraya la importancia de proteger a las víctimas de delitos sexuales en el ámbito militar, destacando que las dinámicas de subordinación pueden generar situaciones de indefensión incluso fuera de las instalaciones castrenses.

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