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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena a una mujer acusada de intento de asesinato contra su padre durante un brote psicótico en la localidad de Guía de Isora, Tenerife. La sentencia, que se dictó en apelación el 3 de octubre de 2024, ratifica el fallo emitido el 24 de mayo del mismo año por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. La mujer fue condenada a seis años y un mes de prisión (73 meses), así como a seis años de libertad vigilada con tratamiento médico externo, y se le impuso inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, se le aplicó una eximente incompleta por trastorno mental.
Los hechos tuvieron lugar el 1 de junio de 2023, cuando la acusada, diagnosticada con un trastorno psicótico agudo, regresó al domicilio familiar y, tras entrar en el salón donde su padre, de 81 años, descansaba en el sofá, lo atacó con un cuchillo de cocina de 10 centímetros de hoja. Según el relato de los hechos probados, la mujer asestó nueve puñaladas en el abdomen y el pecho de su padre, quien no pudo defenderse debido a su edad avanzada y problemas de visión. La víctima sufrió un neumotórax que pudo haber sido letal de no haber mediado atención médica inmediata. Las lesiones le causaron una pérdida de calidad de vida durante 40 días, dejando secuelas estéticas en forma de cicatrices.
El tribunal ha subrayado la intencionalidad de la agresión, destacando que la víctima fue atacada de manera repentina, sin posibilidad de defensa, lo que se considera un comportamiento alevoso. Pese a los argumentos de la defensa, que alegaba que la agresora estaba en pleno brote psicótico y pedía la absolución, el tribunal no halló pruebas suficientes para anular por completo la responsabilidad penal de la mujer, aunque sí reconoció la disminución de sus capacidades cognitivas y volitivas en el momento de los hechos.
Durante el juicio, se confirmó que la mujer tenía antecedentes de problemas mentales y había abandonado el tratamiento psiquiátrico. Sin embargo, la valoración de los informes periciales indicó que, aunque la enfermedad podía haber mermado sus capacidades, no las anulaba por completo. La sentencia también recalca que, durante la agresión, la mujer expresaba claramente su intención de matar a su padre, evidenciando una consciencia parcial de sus actos.
El fallo del TSJC reafirma la condena inicial y rechaza los argumentos de la defensa, al considerar que se actuó con alevosía y que no existió la duda razonable necesaria para aplicar el principio «in dubio pro reo». Así, la mujer deberá cumplir la pena de prisión y someterse a tratamiento médico supervisado durante los años de libertad vigilada.
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