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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha emitido un auto desestimatorio del recurso presentado por el antiguo coordinador de Hacienda del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Antonio Ramón Balmaseda, contra la sentencia de noviembre de 2024 por la que se acordaba el sobreseimiento provisional y el archivo de las diligencias abiertas por un supuesto caso de prevaricación contra a cúpula de Personal y Servicios Jurídicos del Consistorio capitalino durante el mandato de Augusto Hidalgo.
La denuncia fue la respuesta del anterior coordinador de Hacienda a una querella contra él por supuestos delitos de prevaricación y falsedad en documento público cuando solicitó la inclusión de dos abogados del Ayuntamiento en el aplicativo que conecta a las administraciones públicas y a los tribunales.
Cuando aquella denuncia fue archivada, Balmaseda acusó al exedil de Recursos Humanos, Mario Regidor; a la antigua directora de la Asesoría Jurídica, Felicitas Benítez; a la exdirectora de Recursos Humanos, Mercedes Cejudo; y a los entonces jefes de Inspección de Servicios, Julio Juan Rodríguez, y de Recursos Humanos, Sebastián Sánchez, por un supuesto de delito de prevaricación administrativa en el expediente disciplinario abierto contra él.
El Juzgado de Instrucción 1 de Las Palmas de Gran Canaria archivó la causa, y Balmaseda presentó un recurso que ahora es desestimado por parte de la Audiencia Provincial, que entiende que el procedimiento estuvo motivado, pese a que habían pasado cinco años entre que se produjeron los hechos y la apertura de la investigación municipal.
«Felicitas (Benítez) no elabora su informe de forma inmotivada o sorpresiva», señalan los magistrados, quienes entienden que no hacía falta abrir una nueva línea de investigación, en especial la relativa a las quejas de Mercedes Cejudo por las presiones sufridas por parte de Felicitas Benítez para que tramitara la denuncia contra Balmaseda tras once meses sin que se hubiera movido un papel en el área de Recursos Humanos.
«No se aprecia, en el curso de todo el procedimiento, una actuación en la que el funcionario adopta una resolución que contradice un claro texto legal sin ningún fundamento, para la que carece totalmente de competencia, omite totalmente las formalidades procesales administrativas, actúa con desviación de poder, omita dictar una resolución debida en perjuicio de una parte del asunto administrativo por mas que la parte considere que algunos trámites no se han ajustado a la normativa vigente», concluye la Audiencia Provincial, «no estamos ante una serie de actos o resoluciones que merezcan la condición de prevaricadoras, tal y como se indica en el recurso de apelación».
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