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El Cabildo de Gran Canaria ha lanzado a través del Consejo Insular de la Energía (CIEGC) una convocatoria de subvenciones para la creación, puesta en marcha y funcionamiento de comunidades energéticas en la isla, que viene recogida en el BOP de este miércoles con una dotación económica inicial de 300.000 euros.
Esta línea de ayudas tiene por objeto fomentar y robustecer las comunidades energéticas como instrumento de la promoción de la participación activa de los distintos agentes sociales en la producción de energía, así como en la gestión de la demanda energética.
El consejero de Medio Ambiente, Clima, Energía y Conocimiento, Raúl García Brink, recordó que la institución insular apuesta por ellas por ser «un modelo de energía de cercanía, limpia, que contribuye a la democratización del consumo energético y a la disminución de costes».
«Desde el Consejo Insular de la Energía estamos ampliando los recursos destinados a la promoción de este modelo, prestando a los interesados asesoramiento técnico, legal y financiero a través de las Oficinas de Transformación Comunitaria para agilizar todos los trámites», apuntó.
Las solicitudes deben presentarse, en el plazo de un mes a partir de la publicación oficial de la convocatoria, de forma electrónica en https://energiagrancanaria.sedelectronica.es.
Las subvenciones se resolverán por concurrencia competitiva, siguiendo el orden de registro hasta agotar los fondos.
Pueden optar a estas subvenciones las comunidades energéticas en proceso de constitución o legalmente constituidas, con actividad circunscrita a la isla de y que respondan a los principios de participación abierta, voluntaria y democrática.
La convocatoria publicada contempla ayudas de hasta 75.000 euros por comunidad energética, para cubrir el 100% de los gastos relacionados con el asesoramiento para su puesta en marcha, como los estudios de acceso y conexión a la red de distribución; la redacción de anteproyectos o proyectos de instalaciones de energías renovables; la asistencia técnica para la supervisión de la dirección y ejecución de la obra; los certificados estructurales de las cubiertas o edificios o el impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
También se cubren los gastos relacionados con la contratación de los servicios de asistencia técnica para la dinamización y puesta en marcha; los gastos relacionados con el proceso constituyente de la misma como entidad jurídica; y los gastos relacionados con la contratación de los servicios precisos para su desarrollo, como la gestión de la demanda o la asistencia en la gestión de la comunidad energética.
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