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La resolución del Cabildo que desestimó la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada por Miguel Ángel Ramírez, recurrida ahora por el empresario ante la Justicia, «es conforme a derecho» según el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo de Canarias.
Para el órgano consultivo, la denegación de la calificación territorial de 2014 «no es causa de los daños alegados» por el reclamante y su pretensión debía ser desestimada. «No existe nexo causal entre los daños y la resolución» del Cabildo, concluye.
El dictamen mantiene que «es a la sentencia penal a donde habrá que acudir para encontrar la causa jurídica de la demolición y de los perjuicios que pudieron haberse irrogado a la reputación del reclamante» y por lo que pide una indemnización de cinco millones de euros de los casi seis que reclama en total.
«Ni la resolución insular de 2008 (que consideraba no autorizables las obras ejecutadas en su finca de La Milagrosa), pero aún menos la de 2014, posterior a aquella sentencia penal e incluso a la demolición, tuvieron relación causal alguna con los daños por los que se reclama» al Cabildo, agrega el dictamen.
A juicio del Consejo Consultivo, «no cabe» solicitar una indemnización por daños en base a la resolución de 2014, que denegó al presidente de la Unión Deportiva, por segunda vez, la calificación territorial para legalizar las obras, cuando fue «cuatro años posterior a las sentencias penales, con las cuales ni siquiera se intenta plantear por el reclamante una relación causal» en el escrito de responsabilidad patrimonial. Además, las obras estaban ya demolidas cuando se aprobó la resolución.
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