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La Comisión Europea ha respondido a la Plataforma Salvar Chira-Soria sobre su rechazo a la construcción del Salto de Chira que «los medios de reparación disponibles a nivel nacional constituye el mecanismo más adecuado para atender» las críticas del colectivo contrario a las instalaciones previstas en el barranco de Arguineguín por el impacto de la central hidroeléctrica en espacios de la Red Natura 2000.
La Comisión tampoco entra en si la explotación del Salto de Chira por el operador y transportista del sistema eléctrico, Red Eléctrica de España (REE), vulnera o no la Directiva europea que regula el mercado interior de la electricidad, como sostiene la Plataforma. No entra porque sigue pendiente de resolver la solicitud de excepción para los territorios no peninsulares de España presentada por el Gobierno central en noviembre de 2020 para la instalación de bombeo en Chira-Soria y futuras centrales hidroeléctricas propiedad del operador.
«A la espera de la decisión de la Comisión sobre la solicitud de excepción de España, no puede concluir si habría una infracción de los artículos 36 y 54», señala la respuesta que el Parlamento Europeo ha notificado a Salvar Chira-Soria. En ella se avanza también que tras una consulta pública sobre la solicitud de excepción de España, la Comisión «está evaluando actualmente todos los hechos relevantes y pretende emitir una decisión lo antes posible».
La Comisión recuerda que las Directivas sobre aves y hábitats no excluyen, en principio, las centrales hidroeléctricas en Red Natura 2000, aunque estarán sujetos a una evaluación adecuada y que son las autoridades nacionales quienes velarán por su cumplimiento, entre otros apuntes sobre la normativa.
Destaca en ese análisis la previsión del proyecto de instalar nuevas infraestructuras previstas en áreas prioritarias para la conservación de la ZEC Macizo de Tauro II, así como la autorización vigente para modificar el Plan de Gestión de la ZEC y otros instrumentos de ordenación del territorio afectado por el Salto de Chira. Sobre la base de la información disponible, explica, «no es posible concluir si la necesidad de instalar la infraestructura en el área prioritaria para la conservación de la ZEC ha sido debidamente justificada».
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