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La Casa Ezequiel, en Llanos de La Pez 5, es uno de los inmuebles que el Cabildo quiere recuperar. C7

El Cabildo reinicia el desahucio de cinco casas forestales de las cumbres

Los inmuebles que quiere recuperar fueron cedidos a extrabajadores y ahora los disfrutan sus familias | El objetivo es cederlos a pastores temporalmente

Jesús Quesada

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 19 de mayo 2025

El Consejo de Gobierno Insular declaró este lunes la caducidad de cinco procedimientos de recuperación de oficio de inmuebles de su propiedad, en concreto casas forestales situadas en las cumbres, y el inicio de otros tantos nuevos procedimientos.

Los inmuebles que el Cabildo se propone recuperar son los denominados Cruz de Tejeda 1 y 2, Llanos de La Pez 4 y 5 y la Casa Domingo del Corral de Los Juncos y en todos los casos se trata de viviendas que fueron cedidas para su uso a extrabajadores de la corporación que ya están jubilados y que ahora están siendo disfrutadas por sus herederos u otros parientes.

Por ejemplo, el inmueble situado en Llanos de La Pez 5, que data del año 1960, es una vivienda de 70 metros cuadrados con un almacén de 32 metros cuadrados incluida en Cortijo de Las Huertas, en Tejeda. Conocida como Casa Ezequiel, en la vivienda reside ahora un hijo del extrabajador del Cabildo a la que le fue cedida, figurando empadronado en esa dirección por el Consistorio de Tejeda.

En algunos de los cinco inmuebles para los que se inicia un nuevo procedimiento de recuperación, o desahucio administrativo, es la Consejería de Medio Ambiente quien ha venido pagando y está abonando actualmente las facturas de la luz.

En la mayoría de estos cinco casos los actuales ocupantes han presentado alegaciones contra la recuperación de la posesión, aunque en ninguno de los cinco disponen de título habilitante como propietarios. Si el nuevo procedimiento de desahucio administrativo no acaba con la recuperación de la propiedad el Cabildo iniciará el correspondiente expediente de desahucio judicial.

El Cabildo se propone recuperar estos inmuebles para, entre otros usos, destinarlos a viviendas temporales de pastores que practican la trashumancia o aquellos adheridos a los contratos de prevención de incendios forestales mediante pastoreo remunerado que llevan sus rebaños a pastar a una mayor distancia de su residencia.

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