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En la imagen, Ángel Montesdeoca Cabrera, autor del crimen machista de La Matula. Cober

La Audiencia impone una condena de 21 años de prisión al autor del crimen machista de La Matula

tribunales ·

El magistrado Nicolás Acosta le obliga a indemnizar con 150.000 euros a cada uno de los tres hijos de la víctima, a la que asesinó en 2018

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 21 de enero 2022

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas condenó este viernes a Ángel Montesdeoca Cabrera, el autor del crimen machista de La Matula, a 21 años de cárcel y el pago de 150.000 euros de indemnización a cada uno de los tres hijos de la víctima Soledad -conocida por Marisa- Álvarez Rodríguez. El magistrado Nicolás Acosta González, después del veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, determina que el acusado estará inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad respecto de su hijo menor de edad, además de la imposición después del cumplimiento de la pena de prisión, de una medida de libertad vigilada por ocho años.

Esta pena es sensiblemente inferior a la interesada en el juicio por la fiscal María Luisa Ordóñez de Barraicua -que pedía 23 años- y la acusación particular y popular ejercidas respectivamente por los letrados José Antonio Penichet y Begoña Santana, que solicitaron que fuera condenado a la pena máxima de 25 años. «Y es que, por una parte, el desvalor de la concurrencia de dos agravantes permite aplicar una pena superior a los 20 años [...], no considero que deba incrementarse la pena en los términos solicitados por las acusaciones debiéndose valorar, de alguna forma, en favor del acusado, que si bien no se le ha apreciado la atenuante de confesión, sí que es cierto que su reconocimiento expreso de su culpabilidad, incluso en el ejercicio de su derecho a la última palabra, debe tener una cierta traducción en la fijación de la pena», expresó el ponente.

Los hechos probados de esta sentencia relatan que Ángel Montesdeoca Cabrera contrajo matrimonio con Marisa Álvarez Rodríguez y tuvieron dos hijos, estableciendo su domicilio en la calle Felicidad de La Matula, que era propiedad de la familia de la víctima.

A finales de 2017, Marisa comunicó al condenado su propósito «de poner fin a su matrimonio, si bien siguieron viviendo juntos en consideración a los niños» puesto que Ángel «no estaba de acuerdo con la decisión» de poner fin a la relación. De forma paralela, por esas fechas Marisa «retomó una antigua amistad con Marcos, quien sufría una enfermedad terminal, con el que salía a menudo» y que el acusado «no aceptaba».

El 8 de junio de 2018 y tras llevar a su hijo al colegio, el acusado «al regresar a la casa, pasadas las nueve de la mañana, entró en la cocina, cogió un cuchillo y, con la finalidad de acabar con la vida de Soledad, se dirigió a la habitación en la que ésta estaba en la cama». Por sorpresa, «estando ella tumbada en la cama», se abalanzó sobre su cuerpo y le puso «el cuchillo en el cuello y aunque ella intentó apartarlo», Ángel «trató de clavárselo hasta en tres ocasiones en el pecho, donde le hizo pequeñas incisiones, hasta que finalmente se lo hundió» sin que la mujer pudiera llegar a defenderse.

El ataque lo llevó a cabo, según el magistrado presidente, «como un acto de dominación y al no respetar su decisión de poner fin a la relación sentimental que los unía».

A continuación, el acusado Ángel Montesdeoca Cabrera, «con la finalidad de ocultar la verdadera causa de la muerte», destaca la sentencia, provocó un incendio «cortando la manguera de gas de una bombona y encendiendo un mechero». Como consecuencia de la explosión producida en la vivienda propiedad de la madre de Marisa, se produjeron unos desperfectos valorados en 416 euros así como daños en los muebles tasados en 3.546, ascendiendo el coste de la pintura y limpieza a 729 euros.

Destaca la sentencia que Ángel Montesdeoca Cabrera «le quitó la vida» a su expareja «sin importarle la estabilidad emocional de sus hijos incumpliendo gravemente sus obligaciones como padre», finaliza.

Reconoció su culpabilidad

Hay que recordar que el acusado el pasado miércoles, en su turno de última palabra, manifestó que era culpable «de haberle quitado la vida a mi esposa, soy culpable de haberle arruinado la infancia mis dos hijos, soy culpable de causarle a toda la familia de mi esposa una amargura y un dolor tan grande que jamás podrán arrancar de sus corazones, le pido perdón a toda la familia por lo que hice. Solo entiendo que aquella desgraciada mañana sufrí algún trastorno mental, es lo único que entiendo».

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

«No puede ser más claro el acto de dominio machista»

Destaca la sentencia que el jurado popular declaró probado que Ángel Montesdeoca causó la muerte de Marisa «por el hecho de ser mujer, como un acto de dominación, por no respetar su decisión de poner fin a su relación», y para ello atendió a las declaraciones de una amplia lista de testigos que dejaron claro que él, «bajo ningún concepto», y a pesar de que en hasta en tres ocasiones su pareja le había dicho que quería divorciarse, «estaba dispuesto a admitirlo».

Todo ello, abunda el magistrado Nicolás Acosta González, implica que «al desvalor propio de acabar con la vida de otra persona, al desvalor que supone acabar con la vida de una persona con la que se mantiene una relación, se une, y ello es lo que provoca la agravación, el desvalor de ejecutar esa conducta criminal en razón del género del sujeto pasivo del injusto, de ejecutarlo porque es el autor quien domina, controla a la víctima y es el que, incluso sobre su vida, decide sobre lo que puede o no hacer», determina. Añade que, en este crimen de La Matula, «esa dominación» le lleva a quitarle la vida a su expareja «cuando sabe que ya no quiere estar con él» y que, además, «con quien está es con otro amigo, algo que no puede permitir», expone.

Por último, el ponente fue contundente al considerar que «no puede ser más claro el acto de dominio machista» y así lo reflejó «con acierto», el jurado en su sentencia, siendo reflejado además en las propias declaraciones del acusado que atribuía parte de sus males, en concreto su depresión –entre otras cosas–, «al hecho de que Soledad rechazaba tener con él las relaciones sexuales que le demandaba tratando, así, de imponer su deseo frente a la voluntad y libertad de su pareja».

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