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El Ayuntamiento de Guía, condenado por atacar los derechos de los policías

El Ayuntamiento de Guía, condenado por atacar los derechos de los policías

La justicia considera que el consistorio vulneró los derechos recogidos en el convenio laboral al obligar a los agentes a doblar turnos y alargar jornadas labores el año pasado

P.V.S. / Guía

Jueves, 1 de enero 1970

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El Ayuntamiento de Santa María de Guía ha sido condenado por el Juzgado de lo Contencioso nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria por vulnerar los derechos de los trabajadores, en concreto de los agentes de la Policía Local. Tal y como informa el sindicato Comisiones Obreras, el pasado 16 de noviembre el Juzgado de lo Contencioso dictaba sentencia condenado al Ayuntamiento de Guía en el litigio que mantenía con el sindicato CC OO, en voz de uno de sus representantes, en lo referente a los nombramientos por Decreto de las horas extra de la Policía Local.

Como recuerda CC OO, durante el año 2017, «en la mal llamada por el alcalde como , debido a la falta de efectivos que presentaba la plantilla», Pedro Rodríguez «comenzó a nombrar los servicios para cubrir los turnos a través de decreto. Era práctica habitual que un día sí y otro también, se dictasen decretos obligando a trabajar en los días libres, a doblar turnos de 16 horas sin descanso, a pasar semanas enteras sin librar ni un día... todo ello sin contar con la opinión del policía y con la imposición de los dirigentes municipales».

Entiende el sindicato que defiende a los agentes de la Policía Local de Guía que «la administración, valiéndose de su habitual rodillo, pisoteaba los derechos de los trabajadores como el que pisaba hormigas». Cuando fueron obviados los intentos de los representantes legales de CC OO de llegar a un consenso con el Ayuntamiento de Guía, el asunto llegó a los tribunales de justicia. «En vista de la negativa a cualquier contestación, se decidió acudir a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas, terminando el proceso hace unos días con la condena al Ayuntamiento de Guía por no respetar el convenio laboral, por no respetar los principios de publicidad y transparencia que establece la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en definitiva, condena que se podría haber evitado, si en la Concejalía de Policía hubiese estado una persona con un mayor talante negociador y con la premisa de buscar soluciones a los problemas en vez de crearlos».

En la sentencia el magistrado además de advertir que la vulneración en lo sucesivo del convenio puede acarrear consecuencias de igual magnitud, condena al Ayuntamiento en costas, lo que supone que lamentablemente van a ser los ciudadanos de Guía los que deban pagar «por la incompetencia del concejal».

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