Retrasos, overbooking...en los vuelos: ¿cómo resolverlos?

Todos los pasajeros que han comprado un billete tienen derechos

Odra Rodríguez Santana

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 25 de abril 2022, 09:35

Parece que no iba a llegar nunca. El levantamiento de las restricciones internacionales y nacionales y la mejora de la situación epidemiológica de los países abre de nuevo un sinfin de posiblidades a la hora de planificar las vacaciones. Sin embargo, continuarán dándose los retrasos, cancelaciones, overboking, los equipajes que no llegan a su destino. Éstos son los principales derechos disfrutados de los pasajeros.

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Si el vuelo se cancela

El retraso es la demora del vuelo en el aeropuerto de origen en relación a la hora inicialmente programada en su reserva. Los derechos que pueden invocarse en estos casos son: Derecho a información, a asistencia y al reembolso o a transporte alternativo en los mismos términos que la denegación de embarque, y Derecho a ser compensado (salvo circunstancias extraordinarias).

1- Causas extraordinarias.

A menudo son metereológicas y la aerolínea suele ofrecer una alternativa de vuelo. En este caso, solo están obligados a darte asistencia, es decir comida, alojamiento, traslados entre aeropuerto y hotel, dos comunicaciones. Pero también puede ser por:

- Restricción del espacio aéreo

- Cierre del aeropuerto

- Inestabilidad política

- Riesgos de seguridad inevitable

- Huelgas del personal del aeropuerto

- Colisión de pájaros con el motor del avión

Pero tienes derecho a elegir si quieres llegar a tu destino cuando sea posible o si ya no quieres viajar y prefieres que te devuelvan el precio del billete (en un máximo de 7 días).

2- Causas ordinarias

2.1-Además de la asistencia, tienes derecho a una compensación en los siguientes casos:

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- Retrasos: el vuelo llega a su destino con 3 o más de 3 horas de retraso

- Cancelaciones: si has sido informado de la cancelación con menos de 14 días antes de la salida del vuelo

- Overbooking: debido a una sobreventa de billete no encontraste un asiento a bordo, lo que equivale a denegar el embarque

2.2- Las compensaciones dependerán de la distancia del vuelo, no del precio del billete

- Vuelo de hasta 1.500 km: 250 euros (125 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 2 horas).

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- Vuelo de entre 1.500 y 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km): 400 euros (200 si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 3 horas).

- Vuelo de 3.500 km o más que salga fuera de la UE: 600 euros (300 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 4 horas).

Qué prestaciones corresponden por esperar en el aeropuerto

Adicionalmente al posible pago de indemnizaciones, los pasajeros pueden esperar de la compañía aérea la prestación de asistencia básica en el aeropuerto en caso de vuelo cancelado o con retraso.

l- Reglamento determina el tipo de asistencia de la siguiente manera:

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-Para un retraso de más de 2 horas en un vuelo de hasta 1500 km, se deben servir aperitivos y bebidas a los pasajeros. También tienen derecho a 2 llamadas telefónicas o al envío gratuito de 2 correos electrónicos.

-Para vuelos de medio recorrido con distancias entre 1500 y 3500 km, esta regla se aplica a partir de un retraso de 3 horas.

-Para vuelos de larga distancia de más de 3500 km, tienes derecho a estos servicios básicos a partir de las 4 horas de retraso.

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-A partir de las 5 horas de espera es posible cancelar el viaje y recibir el reembolso del precio del vuelo.

-En vuelos aplazados hasta el día siguiente, la aerolínea debe hacerse cargo de la noche de hotel y el traslado de ida y vuelta al aeropuerto.

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