Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. C7

Condenan al pago de 300 euros a un futbolista por darle un cabezazo a otro y romperle un diente

La Audiencia ha optado por rebajar el delito a lesiones leves y por lo tanto también la cantidad a pagar

Efe

Santa Cruz de Tenerife

Jueves, 21 de diciembre 2023, 16:55

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha aceptado reducir la pena a un futbolista al que ahora se le impone una multa de 300 euros por darle un cabezazo a otro jugador durante un partido y causarle la fractura de un diente.

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En principio el Juzgado le atribuyó un delito de lesiones por el que lo condenaba a pagar una sanción de 720 euros y afrontar la responsabilidad civil que se fijara en la ejecución del fallo teniendo en cuenta los daños causados y los gastos odontológicos.

Pero ahora en segunda instancia la Audiencia opta por rebajar el delito a lesiones leves y por lo tanto también la cantidad a pagar.

La defensa del condenado argumentó que existía una contradicción entre el relato de la acusación y el que se recoge en la sentencia de primera instancia, en el sentido de que hay dudas sobre cuál fue el diente dañado y de hecho la numeración 51 es errónea ya que no existe esa pieza dental.

La Audiencia responde que este argumento no varía lo ocurrido, dado que siempre se ha identificado con claridad el diente fracturado tanto en el auto judicial como en el informe médico y por las declaraciones de los testigos.

De manera que apenas se trataría de un error tipográfico, sin mayores consecuencias a la hora de que el condenado pudiera ejercer su derecho a la defensa.

También se argumentó que no se han aportado pruebas fehacientes de que la agresión se desarrollara tal y como relata la víctima y que sea la causa real de la fractura del diente.

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De hecho, el propio denunciante mostró sus dudas sobre que el cabezazo tuviera su origen en un lance normal del juego o un ataque real por parte del condenado.

La declaración del árbitro fue clara y contundente al señalar que estaba a escasa distancia de los jugadores y vio perfectamente como, después del un primer encontronazo entre ambos debido al desarrollo normal del partido, luego el acusado le propinó un cabezazo contra el rostro de la víctima.

La Audiencia concluye que no se puede determinar con plena certeza que el golpe fuera la causa de la fractura del diente, dado que la propia víctima tiene dudas al respecto y tampoco se considera que la versión del árbitro sea suficiente como para imponer una condena mayor.

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Su testimonio prueba que existió una agresión pero no que fuera el origen del daño ocasionado, por lo que finalmente la Sala opta por no obligar a pagar una indemnización al futbolista golpeado sino la multa de 300 euros.

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