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Imagen de las oficinas municipales de la capital grancanaria. Arcadio Suárez

Anticorrupción indaga la relación entre las facturas infladas y el préstamo a Padrón

El fiscal cree que hay indicios de que la obra de los apartamentos de La Palma se pagó a cambio del sobreprecio de los contratos del agua

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 14 de noviembre 2025, 06:00

El fiscal Anticorrupción, Javier Ródenas, considera que hay indicios para acreditar que la obra de los apartamentos de La Palma propiedad del que fuera jefe de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Miguel Ángel Padrón, se pagó presuntamente con un préstamo de 430.000 euros que le concedió el empresario Felipe Guerra a cambio de que este le validara los sobreprecios en los contratos del agua.

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Destaca que Miguel Ángel Padrón actuó «como superior jerárquico y garante del control técnico del contrato» de suministro de agua y suscribió todas las certificaciones y facturas emitidas» por Guerra, pese a que sabía que no se comprobaba nada y no había lecturas de consumo real. «Con su firma», añade, «dotaba de apariencia de legalidad a los documentos falsos, asumiendo una contribución esencial e indispensable para la consumación del desvío de fondos públicos».

En esa línea, destaca Ródenas que el empresario recibió el préstamo de 430.000 euros «que pagaba mensualmente la propia entidad contratista Guerra Patrimonial FGG SL», a la vez que Padrón «le certificaba el sobreprecio de las facturas infladas». En este escenario, Anticorrupción sostiene que «existen indicios de que el préstamo se pagó con el sobreprecio de los fondos públicos del Ayuntamiento».

«El préstamo sirvió como retorno encubierto al funcionario que aseguraba la validación y el pago de las facturas infladas, cerrando un circuito completo de desviación de caudales públicos».

Ese «sobreprecio consolidado» financió, a juicio del fiscal, «con fondos municipales, la construcción del edificio de apartamentos explotados en régimen de alquiler vacacional en La Palma, 100% titularidad del funcionario público Padrón». Hay que recordar que el préstamo –407.184,3 euros dispuestos entre mayo de 2019 y marzo de 2020– sirvió para financiar el 70% de la construcción del edificio de apartamentos que impulsó Padrón, según la investigación de Ródenas. El magistrado instructor ordenó, a petición del fiscal, el embargo provisional del complejo de alquiler vacacional que llamó Flying La Palma, y que generaba a Padrón unos 12.000 euros al mes.

Esta medida fue recurrida por la defensa del empresario, pero el fiscal Ródenas se opuso argumentando que «existe una seria presunción de origen ilícito de los bienes para decretar el decomiso cautelar del edificio [...] ejecutado con el dinero presumiblemente corrupto», expuso. Los apartamentos vacacionales «no fueron construidos con un préstamo entre particulares, sino con el producto transformado de una dádiva de cohecho. Por lo tanto, el capital con el que se edificó se presume ilícito», abunda.

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Por la «indiscutible gravedad de los hechos y la contundencia de la prueba indiciaria», destaca el fiscal que el embargo «no solo es que sea proporcional», sino resulta obligado «para evitar que el investigado siga obteniendo beneficios económicos de un activo financiado por el delito de corrupción». No hacerlo «sería tanto como permitir impasiblemente la rentabilidad de un presunto soborno».

El Ayuntamiento era el presunto «canal de financiación privada» de Felipe Guerra

El investigado Felipe Guerra, según la tesis de Anticorrupción, «convirtió su relación con la Administración en un canal de financiación privada con apariencia de legalidad. Se trataría, por tanto, de un préstamo que actúa como vehículo de legitimación de fondos vinculados a una ventaja indebida, a una dádiva», lo que encaja según esta parte en tipificación del delito de blanqueo de capitales.

«No es un crédito al promotor. Ni es promotor, Padrón, ni es una entidad financiera, Guerra Patrimonial FGG SL. Si fuera un crédito al promotor: ¿por qué no fue a una entidad financiera? Acaso no es una ventaja indebida, una dádiva obtener financiación privada (nada menos de tu amigo-socio-contratista-prestamista) ¿cuándo la entidad financiera te la ha denegado?», añade el fiscal.

Apuntó que «el soborno no se borra porque se devuelva a plazos irrisorios la dádiva», calificando la «relación económica» entre funcionario y empresario como un «acto de corrupción estructural, encubierto bajo el traje jurídico de una operación privada.

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