Ley, decreto-ley, amnistía y dignidad

Jueves, 16 de julio 2020, 08:36

Hace algo más de treinta años -qué mayor se va haciendo uno- me tocó estudiar una asignatura llamada Derecho de la Información. Como su propio nombre indica, estaba orientada a manejar las herramientas legales relativas al ejercicio del periodismo. Era como un barniz en una puerta, dado, eso sí, por un profesor de cuyo nombre me acuerdo pero que prefiero no mencionar, y que daba los brochazos a base de sesudos discursos y de la exigencia de aplicar los codos para memorizar preceptos jurídicos. Fue allí donde aprendí la diferencia entre una ley, un decreto-ley y un decreto legislativo.

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Pasadas tres décadas, puedo entender que no se trata de una materia especialmente atractiva. Como también puedo entender que a la inmensa mayoría se le pase por alto la diferencia. Pero que eso le suceda a todo un Gobierno, y que ocurra en una materia tan sensible como la tributación, es algo que clama al cielo y que debería ir acompañado de la depuración de responsabilidades políticas -lo que en otras democracias más exigentes se conoce y se conjuga como el verbo dimitir-.

Cuanda salta la noticia de que el Tribunal Constitucional tumba la amnistía fiscal del año 2012, esa de la que se beneficiaron algunos de los que hoy están sentados en el banquillo por presuntas corruptelas, uno se pregunta cómo pudo todo un Gobierno cometer un error de principiante. Y la única explicación que caben son las prisas: las que había por hacerle el favor a alguien. Ahora, revisen los nombres de los que se acogieron a aquella amnistía y quizás se entenderá todo un poco mejor.

Lo que ha hecho el Constitucional es detectar un fallo clamoroso en las formas, pero que también tiene que ver con el fondo de la cuestión. Porque, como bien dice la sentencia, si usted, poder ejecutivo, quiere cambiar las reglas del juego tributarias, deberá hacerlo por una ley, que es un procedimiento que se abre en profundidad al debate parlamentaria y la mejora del texto inicial por la vía de las enmiendas. Utilizar, como se hizo, la vía del decreto-ley es contrario a la legislación, al sentido común y a la prudencia. Y repasando estos tres preceptos, cuesta decidir cuál es más relevante a la hora de pedir que alguien tenga la debida dignidad y ponga su cargo a disposición.

¿Dimitirá Montoro? Por supuesto que no. Si no lo hace su compañero de gabinete Rafael Catalá, ministro de Justicia, que fue reprobado por la mayoría de la asamblea que representa la soberanía popular, ¿por qué habrá de hacerlo Montoro porque el Constitucional le saque los colores? Así nos va.

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