Condenan al SCS a indemnizar con 600.000 euros por un parto
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas acaba de dictar una sentencia, el pasado 18 de mayo, en la que condena al Servicio Canario de Salud a abonar a la madre del niño Juan Jesús Gil Suárez, de Telde, la cantidad de 600.000 euros por las graves secuelas que le provocaron la tardanza en practicarle una cesárea.
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Águeda llegó al Materno Infantil a las 07.15 horas del día de San Juan de 2009. A las 09.30, sin haber sido aún monitorizada, se comprobó que expulsaba un líquido verde. A las 15.08 se constató que el feto ya sufría bradicardia (ritmo cardiaco más lento del normal). Pero no fue hasta las 16.10 horas de aquella tarde cuando el equipo médico que la atendía decidió practicarle una cesárea «urgente». Para entonces, el menor ya había sufrido secuelas físicas, psíquicas y neurológicas de «extrema gravedad». Esta secuencia de hechos es la que ha llevado a la magistrada Sagrario Tovar de la Fe a estimar parcialmente el recurso que interpuso la familia del niño y a condenar al SCS a indemnizarlos con 600.000 euros, más los intereses legales fijados desde que se presentó la reclamación patrimonial, que podrían superar los 100.000 euros. Este fallo no es firme y el SCS dispone aún de 15 días para interponer un recurso de apelación. La familia pedía 2 millones de euros y el SCS solo admitía un máximo de 525.000. Al final son 600.000.
Juan Jesús, con casi 7 añitos, no habla ni camina. Está presente, pero en su mundo. Parece esbozar una tímida sonrisa cuando su madre, Águeda Suárez, le acaricia la mejilla. Y suelta un sonido poco comprensible cuando su padre llama su atención. Águeda, que fue la que formalmente puso el contencioso, tiene claro que «no hay dinero en el mundo» que pague la salud de su niño, con una minusvalía reconocida del 97%, pero sí admite que, si al final cobran la indemnización, van a poder invertir en todo aquello que mejore su calidad de vida. «Queremos comprarnos una casa terrera y adaptada, en un sitio tranquilo, donde no nos molesten, y también un furgón donde poder llevarlo con comodidad», apunta Domingo Gil, padre del niño. Además, Juan Jesús pronto requerirá de varias sesiones semanales de fisioterapia. Tiende a encogerse y a ponerse en posición fetal, y solo con los ejercicios adecuados se puede contribuir a retrasar ese momento.
«Es ilógico un recurso». Ni Águeda ni Domingo quieren pensar mucho en la posibilidad de que el SCS recurra, pero su abogado, Juan Antonio Ríos, les advierte de que es lo más probable. «Estamos satisfechos con la sentencia, pero también somos respetuosos con el derecho del SCS a recurrir a la Sala». Ahora bien, no oculta que le parecería «ilógico» habida cuenta de que, en su momento, el SCS ni siquiera se dignó a contestarles la reclamación de responsabilidad patrimonial, tramitada en vía administrativa, en junio de 2010. La jueza tiene claro que la cesárea habría evitado las «gravísimas lesiones» que sufrió el niño. Y que los servicios sanitarios debieron actuar de manera distinta una vez se constató una «fuerte presencia meconial» en el líquido amniótico y un episodio de bradicardia en el feto producido durante el proceso de inducción al parto, en el que solo dilató 1-2 centímetros en 9 horas.
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