El TS rebaja la condena por querer acuchillar a sus hijos
La sentencia corrige parcialmente el fallo de la Audiencia Provincial de Las Palmas, fruto del juicio que tuvo lugar en febrero del pasado año
El Tribunal Supremo (TS), según sentencia dictada el 8 de junio, ha decidido aceptar parcialmente los argumentos de la casación planteada por la defensa de Diana Carolina P.U., la mujer que fue juzgada y condenada en febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Las Palmas. Se refrenda que no cabe la condena por dos delitos de tentativa de homicidio, pero se reduce el tiempo que deberá permanecer la acusada en un centro psiquiátrico, marcándose un tope de diez años, frente a los quince años fijados en la decisión inicial, tras la vista de comienzos de febrero de 2017 en Arrecife.
Publicidad
La sentencia del TS, donde figura como ponente principal el magistrado Luciano Varela Castro, se sustenta en que «se admite la declaración de hechos probados de la recurrida añadiendo que la acusada cesó en la actuación homicida que había iniciado por su exclusiva voluntad».
Los hechos se remontan al 23 y 24 de junio de 2015, en el hogar familiar de una localidad costera de Haría. La procesada, tras haber estado en observación por motivos psiquiátricos en Urgencias del Hospital Doctor José Molina Orosa de Arrecife, volvió a casa, junto a sus dos hijos, de 5 y 3 años de edad. Según la investigación efectuada, consta que asestó varias puñaladas en el cuello y en los brazos a los pequeños, con un cuchillo de cocina, todo ello mientras gritaba «hay que acabar con él, es el diablo, hay que matarlo», intentando matar a los menores, sin conseguir su propósito. Además, la mujer se autolesionó varias puñaladas por su cuerpo y se postró en la cama junto a una imagen de acero de una virgen, permaneciendo así hasta la llegada de agentes de la Guardia Civil.
La sentencia inicial recoge que la mujer, «en el momento de producirse los hechos, tenía «absolutamente anuladas sus capacidades volitivas e intelectivas, así como sus facultades de entender, querer y obrar los citados hechos por padecer un brote psicótico concretado en un delirio que condicionaba sus actos y que le provocó la ausencia absoluta de juicio». La presencia de la abuela de los pequeños resultó crucial para minimizar daños.
Uno de los pequeños sufrió lesiones en un brazo y en la zona dorsal; mientras que el segundo tuvo que recibir asistencia por una herida en el cuello y lesiones en las manos, según quedó probado durante la vista.
Regístrate de forma gratuita
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión