Cómo contratar y dar de alta al personal de hogar
Consulta aquí los plazos, requisitos y salarios
Si eres empleado o empleada del hogar debes solicitar el alta en la Seguridad Social bien acordándolo con el empleador o realizándolo tu misma o mismo si trabajas menos de 60 horas al mes.
Publicidad
El Sistema Especial de Empleados del Hogar está destinado a todas las personas que reciben pagos por hacer tareas domésticas, que sea un interno o que trabaje en distintos domicilios o por horas.
Si los servicios van a durar más de 4 semanas debes reflejar las condiciones laborales en un contrato escrito y firmado. De lo contrario, se considera que el contrato es por tiempo indefinido y jornada completa. Se debe conservar una copia firmada por ambas partes.
Las cotizaciones que pagan los empleadores cubren las contingencias de enfermedad, accidente, embarazo, maternidad y paternidad, jubilación, pero no prestación por desempleo, un extermo aún por resolver en España.
Consulte aquí los plazos, requisitos, dar de alta un contrato de empleo del hogar en la Seguridad Social y qué límites debes respetar en el pago del salario
Plazos
Puedes solicitar el alta con una antelación de 60 días a la fecha de inicio de la actividad y hasta ese mismo día.
Si la persona empleada ya ha comenzado a trabajar, puedes tramitar el alta durante los 30 días posteriores a la fecha de inicio de actividad a través de este servicio, pero se considerará que el alta ha sido comunicada fuera de plazo.
Publicidad
Qué necesitas
-
1
Datos del empleador y del trabajador (DNI, NIE o Número de la Seguridad Social)
-
2
Datos relativos a jornada y salario
-
3
Otros datos necesarios para aplicarte beneficios en la cuota como por ejemplo la condición de familia numerosa
-
4
Un número de cuenta para domiciliar los pagos (IBAN)
-
5
El permiso de trabajo para trabajadores extracomunitarios
Salario a percibir
El salario de un empleado de hogar, fijo o por horas, tiene unos mínimos, es decir, no puede ser retribuido por debajo de unos mínimos.
-
Cuando el empleado trabaja menos de 120 días al año, el precio mínimo de la hora desde el 1 de enero de 2022 es de 7,82 euros/hora.
-
Cuando presta sus servicios 120 o más días al año en el domicilio del empleador, su retribución debe ser como mínimo igual al salario mínimo interprofesional (SMI) completa o la parte proporcional del SMI que corresponda al tiempo trabajado. El SMI desde el 1 de enero de 2022 es de 14.000 euros al año, que puede pagarse en catorce pagas o en doce pagas de 1.166,67.
-
No,es necesario hacer retención del IRPF en el salario, las subidas salariales se acuerdan entre ambas partes y nunca se puede retribuir por debajo del SMI.
Regístrate de forma gratuita
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión