Del director

Extrema gravedad

Francisco Suárez Álamo

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 10 de junio 2025, 08:24

Releamos la Constitución española, en concreto su artículo 124. Dice así en su primer punto: «El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a ... otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los tribunales y procurar ante estos la satisfacción del interés social».

Publicidad

Ahora, vayamos a la actualidad. El máximo representante de la Fiscalía, esto es, la persona de la que dependen jerárquicamente los hombres y mujeres encargados de «promover la acción de la justicia» y «velar por la independencia de los tribunales», se encuentra desde este lunes a un paso del banquillo de los acusados.

Un juez del Tribunal Supremo entiende que hay materia para juzgar al fiscal general y a su subordinada en Madrid por la presunta revelación de secretos, con el añadido de que señala al Gobierno de España como el promotor de la filtración. Estamos ante una situación sin precedentes en democracia. Y ya se sabe que para todo tiene que haber una primera vez, pero eso no quita relevancia a la misma; es más, le añade gravedad cuando hablamos de instituciones que forman parte del Estado, que se crearon para contribuir a que los ciudadanos creyesen en la fiabilidad del sistema, ese que nos dota de unos mecanismos que garantizan el buen funcionamiento de la democracia.

Al fiscal general hay que concederle la presunción de inocencia, pero al juez instructor también el beneficio de la solvencia. Derivar la discusión hacia el novio de Díaz Ayuso o sus presuntos delitos no deja de ser un cortina de humo, sobre todo si tenemos en cuenta que ese asunto también está en sede judicial y no pinta precisamente bien para el afectado.

Publicidad

Si se pretende enfocar lo del fiscal general como un debate a pecho descubierto sobre a quién creer, si a García Ortiz cuando ha insistido en su inocencia, al Gobierno que lo sostiene, o al juez que ve motivos para su procesamiento, yo me quedo, y por eso lo citaba al principio, con el artículo 124 de la Constitución. Y leído y releído, creo que quien tiene la misión de «velar por la independencia de los tribunales», no puede seguir en el cargo si hay un procesamiento.

Apartarse por la vía de la dimisión fue lo más inteligente en su momento; cesarlo ahora es lo necesario. Y mantenerlo es lo peor para la democracia. Porque si finalmente es declarado inocente, se podrá reparar el daño personal y profesional, pero el espejo roto de las garantías constitucionales al sostener a un fiscal general procesado no tiene arreglo posible.

Este contenido es exclusivo para registrados

Regístrate de forma gratuita

Publicidad