Dos trabajadores fichan al entrar a su empresa. R. C.

Las empresas tendrán que detallar cómo compensan cada hora extra en el nuevo registro de jornada digital

Deberán aplicar en tiempo récord los numerosos requisitos que impone Díaz, como especificar cada pausa, interrupción del tiempo de desconexión o a disposición, así como aclarar si es trabajo presencial o a distancia

Jueves, 9 de octubre 2025, 12:02

La revancha de la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, por el naufragio en el Congreso de la reducción de la jornada laboral, su medida estrella, gana ... enteros. En tiempo récord, en poco menos de un mes, saca toda su artillería para imponer a las empresas, por la vía de la urgencia, un registro de jornada digital, objetivo, fiable, exhaustivo y con toda una serie de nuevas obligaciones: especificar al detalle infinidad de datos (personales y laborales), como el tipo de jornada, las horas extras y su remuneración, las pausas, los tiempos de guardia o desconexión, etc.; así como permitir el acceso inmediato por parte de la inspección de trabajo (también en remoto) y de los representantes de los trabajadores.

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También en tiempo récord deberán las compañías, y pequeños autónomos y negocios, poner en marcha este nuevo control horario, puesto que no se contempla un plazo transitorio para adaptarse, más allá de 20 días. Este es el breve tiempo que establece Trabajo para entrar en vigor el nuevo real decreto que sacó ayer a consulta pública y que, en este caso, no tendrá que pasar por las Cortes (por tratarse de un reglamento y no de una ley) pero sí por un Consejo de Ministros donde no todos lo ven con buenos ojos (el ala socialista muestra ciertos recelos).

Además, se extiende la obligación de llevar un control de la jornada a las familias que tengan una empleada del hogar, aunque en este caso flexibiliza –y mucho– la forma de hacerlo, puesto que les permite realizarlo «por cualquier medio que sea proporcionado a las capacidades y recursos» con los que cuente el empleador y la persona trabajadora.

Lo primero que prohíbe la nueva norma –salvo en el caso de los hogares empleadores– es el uso del papel y boli para cumplir con la obligación de registrar el horario de los trabajadores día a día, puesto que –según reconoce el Ministerio de Trabajo en el nuevo documento, que no ha pasado por el diálogo social– «en muchos sectores y empresas no se está produciendo un registro eficaz de la jornada laboral, dando lugar con ello a horarios mal contabilizados y jornadas laborales que, en la práctica, resultan superiores a la máxima permitida».

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La nueva normativa da un paso más y obligará también a las compañías a computar cada una de las pausas que realicen sus empleados a lo largo del día, así como a especificar las horas extras que se hagan y cómo se van a compensar: si con tiempo de descanso o con salario adicional.

Tiempo de desconexión

De esta forma, el nuevo sistema deberá identificar, dentro de cada jornada, la naturaleza ordinaria, extraordinaria o complementaria de las horas trabajadas. «En caso de realización de horas extraordinarias deberá especificarse si se compensarán por descanso o si se retribuirán, así como si resultan horas trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes», exige el texto. Estas especificaciones buscan, además de reducir el tiempo efectivo de trabajo, facilitar a la inspección de Trabajo su lucha contra las horas extras no remuneradas ni cotizadas, así como controlar que las empresas no excedan el límite máximo de 80 horas por trabajador y año.

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La propuesta que lanza ahora Trabajo –y que deberá pasar varios filtros hasta llegar al Consejo de Ministros– también pretende que los trabajadores detallen si su jornada es presencial o a distancia, incluso si solo trabajan unas horas al día, además de concretar de cuántas horas consta su jornada, en función se si tienen un contrato a tiempo completo o parcial.

La obligación de contar con un registro horario de estas características recae en la empresa, pero será el trabajador el encargado de realizar los asientos, en los que tiene que concretar hora y minuto de entrada y salida al puesto de trabajo, así como las pausas que no cuenten como tiempo de trabajo efectivo, los minutos de espera o que permanezca a disposición de la empresa y las veces que se interrumpa su derecho a la desconexión digital.

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Pese a que los negocios tendrán que instalar algún tipo de programa informático para ello, Trabajo descarta que esta medida vaya a tener ningún tipo de impacto económico para las empresas. «Su aplicación no impone cargas administrativas innecesarias», precisa.

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