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Cartel de la desaparición de Francisco Macías, 'el Canelillo', con una foto del día en el que le dieron el alta. C7

El SCS, condenado por dar el alta hospitalaria de forma negligente al desaparecido Paco 'el Canelillo'

Deberá pagar 60.000 euros a la familia de un paciente con cáncer terminal al que dejaron salir del Hospital Insular sin avisar a su familia

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 11 de julio 2025, 02:00

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Canario de Salud (SCS) por la negligencia cometida en la gestión del alta hospitalaria de Francisco Macías Reyes, conocido como Paco 'el Canelillo', quien desapareció la noche del 27 de septiembre de 2022 tras abandonar solo -y sin que avisaran a sus familiares- el Hospital Insular de Gran Canaria, pese a su condición reconocida de paciente AA, es decir, usuario con necesidades especiales de atención y acompañamiento. La sanidad canaria deberá abonar 60.000 euros a los familiares que, a día de hoy, siguen buscando a Francisco tras más de dos años y nueve meses desde que abandonase solo, desorientado y con un cáncer en fase terminal, la sala de Urgencias del Hospital Insular.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo, en su Sección Primera, ha revocado la sentencia del Juzgado Contencioso número 4 de Las Palmas, que previamente había inadmitido la demanda presentada por la abogada Sheila Santana, representante legal de sus familiares, argumentando que la reclamación inicial no contenía la forma jurídica adecuada. El Tribunal considera que este planteamiento fue excesivamente formalista y desprovisto de sensibilidad institucional ante un hecho tan grave como la desaparición de una persona vulnerable bajo responsabilidad pública. Todo ello en una sentencia que ya es firme.

El documento, con ponencia del magistrado Francisco José Gómez de Lorenzo-Cáceres, afirma sin ambages que «la situación es jurídicamente insostenible». El fallo califica la respuesta del SCS como un ejemplo de «funcionamiento extremadamente deficiente» y denuncia el «desprecio que han demostrado el Servicio Canario de la Salud y su representación procesal» por la desaparición de Francisco Macías, que presentaba un cuadro de metástasis en la fecha de su alta hospitalaria y precisaba de morfina, como denunció en su momento su sobrino e impulsor de este procedimiento, Juan Manuel Macías.

La Sala estima el recurso de apelación interpuesto por los familiares y ordena la tramitación inmediata del expediente de responsabilidad patrimonial del SCS. El caso había sido archivado en primera instancia por no considerar «formalmente válida» la reclamación inicial, un criterio que el TSJC refuta de forma tajante: «El escrito inicial reunía, por sí solo y especialmente a la vista de las circunstancias del caso, [...] la condición de escrito iniciador de un procedimiento de responsabilidad patrimonial».

Desorientado

Esta resolución recoge que Paco 'el Canelillo', residente en el Castillo del Romeral y de 57 años en el momento de su desaparición, fue ingresado en urgencias del Hospital Insular tras presentar episodios de desorientación y conducta errática al sufrir un cáncer en fase terminal. Sus familiares solicitaron de forma expresa que se les notificara cualquier decisión médica, especialmente el alta hospitalaria, dada su condición cognitiva. Sin embargo, el paciente fue dado de alta a las 22.30 horas del 27 de septiembre de 2022 sin notificarlo a ningún familiar. El Tribunal subraya que «el paciente tenía una tarjeta sanitaria AA, destinada a personas con especiales necesidades de apoyo y acompañamiento, lo cual impone obligaciones reforzadas de cuidado por parte de los servicios sanitarios».

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Como consecuencia, Francisco abandonó solo el Insular desorientado y, desde entonces, permanece desaparecido y con su familia sin tener noticias de él. La sentencia recoge literalmente que «se halla en paradero desconocido y [...] han denunciado estos hechos en Policía Nacional y Guardia Civil».

El fallo es especialmente crítico con la forma en que la Administración regional desestimó la reclamación inicial. Cita que «la representación procesal de la Administración [...] suele resolver de modo expreso las solicitudes de esta naturaleza sólo para desestimarlas» y reprocha que «la oficina receptora del escrito no remitió el mismo al órgano competente para la resolución de la solicitud», a pesar de la gravedad del caso.

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«Una organización pública no puede permitirse decisiones que suponen un desprecio hacia quienes más necesitan de su apoyo institucional», dice el fallo

El Tribunal señala que «la Administración no puede obtener beneficios de sus propios errores, omisiones e infracciones» y recuerda que, incluso si el ciudadano no califica correctamente su petición, «el error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter».

En un tono crítico, el TSJC afirma que «una organización pública no puede permitirse ni amparar decisiones que suponen, en la práctica, un desprecio hacia quienes más necesitan de su apoyo institucional». La sentencia enfatiza que el daño causado a la familia «es irreparable» y que «la actuación del SCS evidencia una grave omisión de su deber de proteger a los más vulnerables».

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En síntesis, el TSJC determina que el paciente sufría «problemas de salud severos» con la necesidad en los últimos años de más de cien asistencias sanitarias» y, además, ingresó en el Hospital Insular mediante su traslado en ambulancia desde el Castillo del Romeral, «lo que de por sí evidencia el pésimo estado en que se encontraba». Pese a ello, los técnicos que lo asistieron no permitieron «a su hermana ni a sus sobrinos» estar «con él en el interior del hospital», una «práctica habitual de los hospitales de titularidad pública de Gran Canaria». Y lo que conlleva una «extrema gravedad» y que es objeto de reproche judicial, no avisaron a sus familiares «antes de ser dado de alta, ignorando así los diversos ruegos de aquéllos en tal sentido, determinando así el trágico resultado acaecido».

El fallo obliga ahora al Gobierno de Canarias, a través del Servicio Canario de Salud, a tramitar el expediente de responsabilidad patrimonial y responder por los daños morales ocasionados, cuya cuantía fue inicialmente fijada por la familia en 60.000 euros, a los que se tienen que sumar los intereses devengados desde la fecha de la reclamación que fue el 28 de septiembre de 2022.

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