Trabajos de mantenimiento de calzadas. C7

La nulidad del contrato de mantenimiento de vías cuesta a la ciudad 397.355 euros solo en intereses

Son los intereses legales de las facturas del servicio de conservación de calzadas, por el que hubo que pagar 6,9 millones

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 27 de mayo 2025, 02:00

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha autorizado el pago de 397.354,72 euros a la unión temporal de empresas Ecocivil Electromur y Lumican en concepto de intereses por el mantenimiento del servicio sin un respaldo contractual. La decisión se adopta en cumplimiento de un decreto emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Las Palmas de Gran Canaria, que fue notificado al servicio de Vías y Obras y Alumbrado a mediados de febrero.

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Los intereses que ahora se pagan se descuelgan de un pleito anterior que cerró el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en octubre de 2024. Casi un año antes, el Juzgado de lo contencioso-Administrativo 2 había condenado al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a pagar a la unión temporal de empresas la cantidad de 6.938.578,27 euros. «Es el importe al que ascienden las facturas reclamadas por la prestación de servicios sin fundamento en un contrato administrativo, al amparo de la figura del enriquecimiento injusto», señalaban los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC en su sentencia de 2024.

Ese fallo judicial fue el que estimó el recurso de apelación interpuesto por Lumican-Ecocivil Electromur para exigir el pago de los intereses legales desde que se presentaron las facturas al Ayuntamiento.

Los servicios que se reclamaban eran los referidos al mantenimiento preventivo y correctivo (reparación de averías, actualización, modificaciones y vigilancia técnica) del sistema de control de tráfico, señalización dinámica y cámaras de seguridad que operan en la Avenida Marítima. Estas instalaciones pertenecen a la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, pero su conservación y mantenimiento recaen en el Ayuntamiento.

El Consistorio se oponía a pagarlos al haberse tramitado el expediente de nulidad y rechazó el abono de los intereses moratorios, si bien reconoció, en un informe de noviembre de 2022, que el servicio se había prestado.

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Las reclamaciones derivan de la situación de nulidad del contrato de servicio de mantenimiento de calzadas, aceras, plazas y zonas peatonales, que se firmó para el periodo 2012-2016 por 16,61 millones de euros.

Tras tres prórrogas, el contrato venció en 2018 y, desde entonces, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria pidió a la unión temporal de empresas continuar el servicio.

El TSJC consideró que «cuando no existe contrato, como sucede en el caso, en el que existe un acuerdo al margen del procedimiento de contratación de mantener al adjudicatario del contrato extinguido prestando servicios, la administración no puede enriquecerse injustamente, recibiendo los servicios sin contraprestación ni obtener el beneficio de pagar lo que adeuda (cuando se trata de una cantidad liquida conocida) con posterioridad, sin devengo de intereses legales».

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Los magistrados apuntaron que «la indemnización que debe abonar el Ayuntamiento conlleva el pago de la indemnización y, en este concepto, se debe incluir las facturas con los intereses legales desde la reclamación. Sería el único modo de revertir el enriquecimiento injusto producido, pagando el valor actualizado de los servicios recibidos».

El TSJC rechazó el abono de intereses de demora porque al extenderse el servicio sin contrato, la adjudicataria no tuvo que competir con otras empresas y «porque se trata de una situación de hecho que han posibilitado tanto la junta de compensación como el contratista».

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Historia del contrato

Esta situación deriva de la prestación del servicio con un contrato en nulidad. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria adjudicó el servicio en 2012 a dos empresas: Velasco Obras y Servicios (lote 1: distritos Centro y Vegueta-Cono Sur-Tafira) y Ecocivil Electromur/Lumican (lote 2: Ciudad Alta, Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya e Isleta-Puerto-Guanarteme; y lote 3: Las Canteras y El Confital, así como las calles que parten estos paseos). El valor total del contrato era de 16,61 millones y su duración era de cuatro años. Las condiciones de aquel concurso eran particulares: la adjudicación se haría a la mejor oferta en los lotes 2 y3, y a la segunda mejor en el 1.

A su finalización, se aprobaron dos prórrogas que cubrieron los años 2017 y 2018 y una tercera forzosa que llegaba hasta agosto de 2018.

En ese momento, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria remitió una carta a las dos adjudicatarias solicitándoles su disposición a seguir prestando el contrato ya que disponían del personal y de la maquinaria necesarios para ello.

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Sin embargo, Velasco renunció a seguir y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria eligió a Ecocivil Electromur/Lumican, que fue además la que presentó la mejor oferta del lote 1 en el concurso de 2012.

El Consistorio inició entonces la licitación del concurso, pero en 2019 un recurso provocó la interrupción del proceso. En 2020 se intentó otra vez con idéntico resultado. En 2021 se inició un nuevo procedimiento, pero no dio tiempo a concluir el expediente. Y ahora mismo está en preparación el nuevo concurso.

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