La Justicia vuelve a avalar que apartamentos turísticos no pueden ser vivienda vacacional
El TSJC desestima el recurso de un propietario contra una multa de Turismo por residir y comercializar una unidad turística como vacacional
Un nuevo fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSCJ), en esta caso del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3, vuelve a dar la razón a la Consejería de Turismo tras rechazar un recurso interpuesto por una propietaria de un apartamento turístico de Puerto Rico (Mogán) sancionada por la administración por residir y comercializar fuera de la unidad de explotación y como vivienda vacacional su unidad alojativa.
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Como se recoge en el fallo, el apartamento turístico está ubicado en un complejo que cuenta con un explotador y como se recoge en el planeamiento municipal «es un establecimiento turístico de alojamiento estando prohibidos los usos restantes».
Sin embargo, la propietaria -como han confirmados diversos informes y pruebas que se han realizado- no solo realiza un uso propio de la unidad alojativa sino que lo cede a familiares y amigos y en ningún momento ha solicitado el uso residencial consolidado. «Debemos recordar el deber de atenerse al uso turístico recogido en los Arts. 5.2 y 23.1 de la Ley 2/2013, señalando expresamente el primero de los preceptos mencionados que en los establecimientos turísticos autorizados en suelos de uso turístico, independientemente de que se hayan erigido en parcelas o solares con uso mixto, no se permitirán cambios de uso de sus unidades de alojamiento turístico en residenciales», se recoge en el fallo.
Este fallo se suma a otro conocido hace unas semanas y en el que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas desestimaba el recurso presentado por el propietario de un bungaló contra la sanción interpuesta por la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias, por valor de 2.250 euros, al explotar el inmueble como vivienda vacacional a pesar de haber declarado el cese de su actividad turística. La sanción por infracción administrativa grave de Turismo sobre el bungaló, ubicado en San Bartolomé de Tirajana, se puso por «incumplir el principio de unidad de explotación».
La Ascav insiste y critica una ley que «pasa el rodillo» sobre las familias
La Asociación Canaria de la Vivienda Vacacional (Ascav), volvió a insistir ayer en una nota de prensa en su rechazo a la ley de la vivienda vacacional aprobada la semana pasada en el Parlamento de Canarias y volvió a instar a la consejera, Jéssica de León, a que «rectifique» sobre una norma que «pasa el rodillo» sobre cientos de familias canarias.
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La Ascav vuelve a insistir en que la ley se ha aprobado sin tener en cuenta sus propuestas y que tendrá consecuencias «nefastas» para las familias canarias que tienen unidades en vivienda vacacional. «CC y PP han decidido pasar el rodillo contra las familias canarias que se dedican al alquiler vacacional», señala.
La Ascav critica que la ley del vacacional vaya a ser enmendada en unos días con otra nueva norma que incluirá cambios como la ampliación del plazo para presentar la actividad clasificada en un año o el reconocimiento del 'mortis causa', que permitirá que la licencia de vacacional pueda pasarse de padres a hijos.
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Pese a las mejoras que introduce, la Ascav se queja de que se enmiende sin ni siquiera haber sido publicada. «Lo único que es público y notorio es quienes son los únicos que la aplaudieron por su beneficio tras su publicación», apunta la nota de la Asociación de la Vivienda Vacacional. «La población canaria debe saber qué está pasando para exigir responsabilidades», agrega.
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