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Consistorio de Teguise. C7

El TSJC valida la negativa de Teguise a 37 viviendas en Caleta de Famara

Se anula la decisión de 2023 que daba la razón a la entidad que aspira a construir. Se asume la influencia del PORN del Archipiélago Chinijo

José R. Sánchez López

Teguise

Domingo, 28 de septiembre 2025

El litigio iniciado años atrás por discrepancias en cuanto a la construcción de 37 viviendas unifamiliares en Caleta de Famara ha sumado un nuevo episodio en fechas recientes; con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en la que se aceptan los condicionantes del Consistorio de Teguise, con respaldo del Gobierno de Canarias, para evitar la edificación de los inmuebles que promueve Lanzagrava.

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La última decisión judicial, fechada el 9 de julio y que puede servir de ejemplo con respecto al desarrollo urbanístico de Caleta de Famara a corto y medio plazo, deja sin efecto el pronunciamiento del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Las Palmas de Gran Canaria, del 28 de septiembre de 2023. Y dando pie a un posible recurso de casación, impone las costas, por valor de 1.500 euros, a la parte apelada, según se concreta en el documento donde figura la magistrada Lucía Déborah Padilla Ramos como ponente de la causa.

La sentencia estima que hubo «error en la valoración de la prueba documental y concretamente del acuerdo de la comisión autonómica de evaluación ambiental de 20 de octubre de 2021».

Se apelaba en el referido acuerdo mantener la protección cautelar mientras el espacio natural no disponga del correspondiente planeamiento regulador. Desde el Gobierno de Canarias se entendía por entonces que de facultarse la construcción habría riesgo de «transformación sensible de la realidad física que puede llegar a ser imposible o dificultar de forma importante la consecución de los objetivos del PORN (Plan de Ordenación de los Recursos Naturales)».

En consecuencia, no se aprecian válidos los argumentos de la parte apelada, en los que se advierte de que el PORN del Archipiélago Chinijo o «fue aprobado mediante Decreto 100/2023, de 15 de junio», con correcciones que hacen inferir que «no limita ni prohíbe la implantación de nuevos usos residenciales en los solares interiores a la delimitación del núcleo poblacional».

Implicación regional

La petición de licencia tuvo lugar el 12 de noviembre de 2020, con vistas a ejecutar las obras en una parcela relacionada con las calles San Borondón, Jamo y Erizo. El de 4 de mayo de 2021 la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial remitió al Ayuntamiento informe, en el que se hacía constar que la tipología de la obra no se ajustaba al planeamiento, con lo que no procedía elevar consulta al órgano ambiental regional. El 20 de octubre de 2021 se emitió un informe para advertir de que había riesgo de poner en peligro objetivos básicos del PORN.

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