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Imagen de dos de los tres encausados en el Juzgado de lo Penal 6 de la capital grancanaria. C7 C7

Operación Naja-GC: dos de los acusados reconocen los hechos de tener una de las mayores colecciones de animales peligrosos

El tercer encausado defendió ante el Juzgado de lo Penal número 6 de la capital grancanaria su inocencia y que «siempre» cumplió con la documentación

Aday Martín Santana

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 28 de noviembre 2025, 06:30

El Juzgado de lo Penal 6 de Las Palmas de Gran Canaria dictó sentencia de conformidad para dos de los tres acusados en la denominada Operación Naja-GC, una causa relacionada con la tenencia, tráfico y mantenimiento de animales exóticos y especies protegidas. Tanto Iván Jesús Nuez como Sergio Porto aceptaron los hechos. El primero fue condenado a dos años de prisión por delitos contra la fauna y de riesgo contra la seguridad colectiva. El segundo, al pago de una multa de 6.000 euros por el último delito mencionado. El tercero no llegó a un acuerdo y se sometió a juicio.

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En el caso de Iván Jesús, fue condenado 'in voce' a un año y seis meses de prisión por un delito contra la fauna, además de inhabilitación especial de tres años y un día para el ejercicio de los derechos de caza y pesca. Asimismo, por el delito contra la seguridad colectiva, quedó fijada una pena de seis meses de cárcel así como dos años de inhabilitación para cualquier profesión vinculada con los animales.

Por su parte, Sergio Porto, que compareció telemáticamente, aceptó una condena por un delito contra la seguridad colectiva consistente en el pago de una multa de 6.000 euros. Además de dos años de inhabilitación para cualquier oficio vinculado al cuidado de animales.

El tercer acusado, identificado como V.P., se sometió a juicio en la misma sala ya que no alcanzó un acuerdo con la Fiscalía. Su letrada planteó como cuestión previa la vulneración de los derechos fundamentales, solicitando la nulidad del registro domiciliario realizado en febrero de 2022 en su vivienda ubicada en Telde. Su defensa considera que la entrada se practicó «sin justificación», mediante «coacción», sosteniendo que los agentes actuaron sin informar adecuadamente de sus derechos y que cualquier actuación posterior debía considerarse nula.

El Ministerio Fiscal se opuso a esta pretensión al entender que no constan indicios de coacción y que la versión del acusado resulta incompatible con su conducta colaboradora durante toda la instrucción.

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Durante su declaración, V.P. afirmó que contaba con autorización de un núcleo zoológico en su vivienda, una licencia municipal para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, seguro de responsabilidad civil y documentación acreditativa de cada ejemplar. En el domicilio del encausado se localizaron 30 especies de animales.

«Yo era coleccionista, tenía una colección zoológica privada y licencia como criador. Envíe a la causa toda la documentación, siempre he cumplido con todos los trámites», indicó en la sala.

La perito que realizó un informe a los animales intervenidos señaló que la documentación aportada no coincidía con la especie real de cocodrilo intervenido. «Al menos cuatro animales carecían de trazabilidad o correspondencia documental», indicó.

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En conclusiones finales, la Fiscalía mantuvo su petición de sentencia condenatoria, al considerar acreditada la falta de trazabilidad documental. Esta parte pide dos años de prisión por un delito contra la fauna.

Por su parte, la defensa solicitó la absolución de su cliente, insistiendo en la nulidad del registro y en que cualquier irregularidad con los animales que tenía tendría carácter administrativo, no penal.

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En su última palabra, V.P. afirmó que la perito «no tuvo acceso a toda la documentación» y que siempre ha cumplido «con la administración pública» y nunca ha tenido intención de delinquir.

La causa quedó vista para sentencia.

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