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Puesta en marcha del servicio de Sítyneta en Las Palmas de Gran Canaria C7
El juez frena la patineta pública

El juez frena la patineta pública

Una sentencia anula la creación de Sítyneta por parte de la Concejalía de Movilidad ya que esto es competencia exclusiva del Pleno de Las Palmas de Gran Canaria

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 6 de mayo 2024

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha ordenado la anulación de la resolución del concejal de Movilidad del Ayuntamiento, José Eduardo Ramírez, por la que se atribuyó a la Sociedad de Aparcamientos (Sagulpa), de modo provisional, la gestión directa del servicio público de alquiler de patinetas eléctricas.

El fallo ha sido aceptado por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ya que la alcaldesa de la ciudad, Carolina Darias, emitió en febrero pasado una resolución por la que se autorizaba la no interposición de recurso de apelación contra la decisión judicial.

La sentencia no ha alterado, hasta el momento, la prestación del servicio de patinetas públicas de alquiler, que comenzó a funcionar en septiembre de 2023.

Sin embargo, la atribución que se hizo a Sagulpa, en principio por un plazo de dos años, ha quedado anulada en virtud de la sentencia que fue emitida el 30 de noviembre pasado y que se conoce ahora.

Los servicios municipales siguen analizando el alcance de la sentencia y la forma de ejecución. Y, al tiempo, se trabaja también en la continuación de los trámites para mantener el servicio mediante un procedimiento de gestión del servicio que cumpla todos los requerimientos formales.

La competencia es del Pleno

La sentencia que anula la atribución a Sagulpa es la culminación de un procedimiento judicial que inició la anterior portavoz del grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Pepa Luzardo, quien denunció la falta de competencias que tienen los concejales para crear un servicio público, algo que solo se puede realizar a través de un acuerdo plenario por parte de la Corporación municipal.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 entiende que la resolución de atribución del servicio público, firmada en septiembre de 2021 por parte del concejal de Movilidad, José Eduardo Ramírez, incurre en un vicio de nulidad radical debido a que se atribuyó una prerrogativa sobre la que no era competente.

«La incompetencia del concejal para la creación del servicio público de patinetes eléctricos de alquiler de Las palmas de Gran canaria es manifiesta, determinando la nulidad de la resolución», indica el magistrado, «poco importa que la Corporación municipal defienda que se trata de un proyecto de servicio público cuya consolidación final está a expensas de los datos que recabe Sagulpa durante la duración de aquél».

No importa que fuera una prueba piloto

Y advierte que no tiene ninguna validez argumentar que la competencia de creación de un servicio público puede recaer en un concejal de área, y no en el Pleno municipal, por tratarse de un proyecto piloto.

«Dar pábulo judicial a tal tesis implicaría incurrir en una grosera y errónea inteligencia del tenor literal del artículo 85 bis de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local por cuanto la misma, al conferir la competencia para la creación de servicios públicos al Pleno municipal no discrimina entre si la constitución de los mismos es definitiva o provisional a la espera de los resultados de su desenvolvimiento práctico. En consecuencia el tenor de la norma es claro: sea cual sea la modalidad de creación y la duración o expectativas con que se instituya un nuevo servicio público el mismo deberá partir de un acuerdo del pleno municipal», recoge fallo contra el que no hubo recurso.

«Si la competencia para la creación de un servicio público compete al Pleno municipal de igual modo le incumbe la creación de un servicio público transitorio o sometido a resultados», añade. 

Ni siquiera el hecho de que la propuesta de creación del servicio público de patinetas partiera de una área cuyas competencias han sido delegadas por la alcaldesa de Las Palmas de Gran Canaria se puede aceptar en este caso porque, como señala la sentencia, «el alcalde no puede delegar una competencia que no tiene».

Estación de Sítyneta en Siete Palmas, en Las Palmas de Gran Canaria. C7

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria está trabajando ya en llevar el servicio al pleno para que la atribución a la Sociedad de Aparcamientos de la ciudad (Sagulpa) se ajuste a los parámetros legales que han sido marcados por la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5.

Fuentes del Consistorio capitalino explicaron que el encargo a Sagulpa del servicio de alquiler de patinetas públicas siguió el mismo modelo que la encomienda de gestión que utilizó en 2015 el entonces concejal de Movilidad de Ciudadana, Ángel Sabroso, para activar, también de manera transitoria, el sistema de bicicleta pública a través de Sagulpa. «El PP recurre para las patinetas el procedimiento que él mismo empleó para las bicicletas», explicó una portavocía del gobierno municipal.

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria entiende que puesto que la prueba piloto ha decaído desde el mismo momento en el que servicio de préstamo de patinetas pasó a formar del sistema Moxsi, que engloba tanto a bicicletas como a patinetes, se puede mantener el servicio de Sítyneta, si bien se ha optado por mantener la situación actual y frenar la expansión de la patineta pública.

En estos momentos, en Las Palmas de Gran canaria permanecen activas 13 estaciones -la mayoría en la parte alta de la ciudad- con 87 vehículos disponibles para la ciudadanía.

Se está a la espera de que se produzca el acuerdo plenario para seguir con la expansión y llegar a las 40 estaciones.

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