Vea la portada de CANARIAS7 de este viernes 5 de diciembre de 2025
La alcaldesa, Carolina Darias, pasa revista a la Policía Local ante la mirada de la jefa del cuerpo, Carmen Delia Martín. C7
Las Palmas de Gran Canaria

La elección de la jefatura de la Policía Local, de nuevo en el juzgado: una historia de 12 años

La designación de la cúpula policial vuelve al plano judicial, donde se decidirá si el Ayuntamiento eludió una sentencia del Supremo

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Miércoles, 2 de julio 2025, 02:00

La elección de la cúpula de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria vuelve a decidirse en el plano judicial. El próximo 4 de julio se celebrará una vista que servirá para analizar si el nombramiento de tres comisarios, entre ellos la actual jefa del Cuerpo, fue correcto o no.

Publicidad

Lo que está por decidir es si el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria tenía capacidad para mantener los nombramientos de los tres comisarios, pese a que el proceso selectivo fue anulado por la justicia, o si esta decisión debía haber recaído en el Tribunal Supremo.

La elección de los tres comisarios sigue sin resolverse de modo definitivo doce años después. Ahora es un recurso presentado por el jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana, Isidro Armas, el que mantiene vivo el pleito.

Todo arranca en el año 2013, cuando el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria impulsó la elección de tres plazas de comisario de la Policía Local a través de un concurso público.

Aquel proceso culminó con el nombramiento comisarios de los entonces subcomisarios Delia Martín, actual jefa de la Policía Local y comisaria principal desde octubre de 2024; Rosa Rodríguez, que ocupó la jefatura del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS); y José Luis de los Reyes, comisario de la escala superior de la Unidad de Recursos Operativos (URO) del Cuerpo General de la Policía Canaria.

Esta designación fue recurrida por Isidro Armas. Su argumento era que dos de las plazas se tenían que haber cubierto por turno libre y otra, por promoción interna.

Los tribunales canarios rechazaron esta pretensión, pero el jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana llegó a defender su criterio ante el Tribunal Supremo. En 2022, el Alto Tribunal le daba la razón a Armas y anulaba el proceso selectivo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y los dos fallos judiciales anteriores.

Publicidad

La justificación del Supremo era que aunque las tres plazas podían adjudicarse por un procedimiento de promoción interna, se debía haber incluido en la oferta de empleo público.

Unos meses más tarde, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria resolvió dejar sin efecto las bases en que se sustentó la elección de los tres comisarios. Pese a ello, no se anuló el nombramiento. El Consistorio capitalino argumentó que los tres subcomisarios eran «terceros de buena fe que participaron en el proceso selectivo y lo superaron». Así, aunque el concurso fue anulado, sus consecuencias o su resultado, no, «por razones de seguridad jurídica, buena fe y confianza legítima».

Esta decisión fue interpretada por Armas como una manera que encontró el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para eludir el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo. Desde su perspectiva, la anulación del proceso selectivo solo podría tener una consecuencia: la invalidez de los nombramientos. Por eso, recurrió la decisión municipal, después de que el Consistorio no hubiera contestado su recurso administrativo.

Publicidad

«La Administración no solo no era competente para conservar el proceso selectivo y, con ello, los nombramientos adoptados, sino que debió asumir los efectos de su expulsión sobrevenida del ordenamiento jurídico, proceder a acordar el cese de los empleados públicos afectados y dejar que, en caso de disconformidad, fueran éstos quienes plantearan a la autoridad judicial su conservación, por considera que, en su caso, resulta de aplicación la doctrina de los aprobados de buena fe», detalla el recurso.

Isidro Armas considera que la decisión final de los nombramientos debe reposar en el Tribunal Supremo. «Si fuera tan sencillo como ha hecho el Ayuntamiento, sería tener patente de corso para cubrir plazas sin convocatoria pública y cuando la justicia anule su decisión, decir que eran participantes de buena fe y mantener los nombramientos», razona el recurrente. «De entender que este criterio sanador se aplicará siempre (...) se estaría legitimando la posibilidad de que se tramiten indebida, e incluso intencionadamente, procesos selectivos y, con ello, nombramientos que, pese a ser declarados abiertamente ilegales, en cambio, ningún efecto práctico causaría», alegaba.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Regístrate de forma gratuita

Publicidad