Vea la portada de CANARIAS7 de este viernes 5 de diciembre de 2025
Sede judicial de la capital grancanaria. Arcadio Suárez

Condenan al pianista pederasta

Cuatro años y un mes de cárcel para un profesor de piano de Fuerteventura por agredir sexualmente a una alumna que era menor de edad

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Sábado, 12 de julio 2025, 02:00

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a Marco S. un profesor de piano a cuatro años y un mes de prisión por un delito de agresión sexual a una menor de 14 años durante una clase particular que dio en su domicilio en La Oliva, Fuerteventura. Además de la pena privativa de libertad, la sentencia impone seis años de libertad vigilada tras su cumplimiento, la inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión u oficio con menores durante seis años, y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima en el mismo periodo. El condenado deberá también indemnizarla con 10.000 euros por los daños morales causados.

Publicidad

La resolución, que tuvo como ponente al magistrado José Luis Goizueta Adame, declara probado que el acusado impartía clases particulares de piano a la víctima desde hacía varios meses, primero en el colegio y luego en su propia casa. Este hombre, que fue defendido en este procedimiento por el letrado Juan Gonzalo Ospina, en una de las sesiones, el 18 de febrero de 2022, «abrazó a la menor y metió las manos por debajo de la ropa, acariciándole las nalgas». La sentencia afirma que «se prevalió de la evidente relación de superioridad que tenía con la menor y le tocó las nalgas con ánimo libidinoso, sin su consentimiento».

Además, califica el testimonio de la menor como «expresivo y contundente» y con un relato «coherente, verosímil y persistente», lo que permite «romper el principio de presunción de inocencia». El tribunal añade que «pocas veces hemos contado con un relato tan descriptivo, no sólo de hechos sino también de emociones y sentimientos propios de una niña de 14 años».

Durante el juicio, la menor -con la asistencia letrada de Juan Pablo Travieso Darias- declaró que el acusado mantenía contacto físico reiterado con ella en cada clase, refiriendo «contacto con el cuerpo del acusado por detrás, con lo que describía como su pene erecto», lo cual era prolongado mientras ella tocaba el piano. Esta versión fue respaldada por el testimonio de su madre, la directora del colegio, una antigua alumna del acusado que refirió vivencias similares, y por los informes psicológicos. La Sala valora que «la pericial forense concluyó que la menor presenta síntomas de un trastorno de estrés postraumático atribuibles a los hechos denunciados».

Frente a los intentos de desacreditar a la menor, la Audiencia Provincial responde que «no se alcanza a entender la razón por la que la menor iba a mantener una mentira en el tiempo, manifestando una gran convicción sobre lo sucedido, sin contradicciones». Además, señala que «resulta poco creíble que los padres de la menor hayan inducido a su hija a mantener una mentira durante dos años y someterla a un procedimiento judicial que claramente les ha afectado emocionalmente a todos».

Publicidad

Respecto a la indemnización, el fallo afirma que «en delitos sexuales, la existencia de daños morales es, en principio, una consecuencia inherente a los mismos».

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Regístrate de forma gratuita

Publicidad