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El condenado, de espaldas, durante el juicio. F. J. F.

Condenan con multa a un profesor al que la Fiscalía pedía 12 años de cárcel

El docente daba clases en el IES El Calero y ha sido penado por un delito de acoso sexual sobre una única alumna de los ocho que lo denunciaron

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 7 de noviembre 2025, 01:00

El Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al pago de 2.700 euros de multa a un docente del IES El Calero por haber acosado sexualmente a una alumna mayor de edad, a la que pidió favores sexuales dentro del centro educativo. El fallo, firmado por el magistrado Juan Gallego Ortiz, considera acreditado que el profesor se prevalió de su posición docente para formular la propuesta en el instituto, lo que generó en la estudiante una situación intimidatoria y hostil.

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Además, el fallo impone a José Luis B. N. el pago de 2.000 euros de indemnización a la joven en concepto de responsabilidad civil y el abono de una décima parte de las costas del procedimiento. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.

La resolución judicial se dicta tras un proceso en el que la Fiscalía había planteado una acusación muchísimo más amplia, en concreto, le pedía una condena de 12 años y un mes de prisión, 35 de inhabilitación para ejercer la docencia, 28.800 euros de multa y 16.000 euros de indemnización para los ocho alumnos que lo denunciaron.

En su escrito, el Ministerio Público sostenía que el profesor mantenía conversaciones de contenido sexual con estos alumnos, que les pedía que le consiguieran mujeres para mantener relaciones e incluso que podría haber mostrado imágenes íntimas de otras mujeres.

La sentencia avala en gran medida la tesis planteada por el letrado de la defensa José Gerardo Ruiz Pasquau. La resolución destaca que varios alumnos no ratificaron en sala los relatos que dieron en la fase de instrucción y que las declaraciones resultaron insuficientes para sustentar una condena por abusos o coacciones. También señala que la alumna afectada en el episodio condenado reconoció que no recibió amenazas ni presiones, lo que llevó a descartar la coacción. Añadió que los pantallazos de mensajes aportados debían valorarse con cautela al no haber sido sometidos a pericial completa. Por ello, el fallo limita los hechos probados al momento en que el docente solicitó favores sexuales a la alumna en un aula del centro y descartó el resto del relato acusatorio.

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Manifestaciones

Hay que recordar que durante el juicio, varios alumnos afirmaron que el docente les hablaba de orgías y les sugería que podían conseguirle prostitutas o amigas para mantener encuentros sexuales. También se expusieron versiones sobre las posibles amenazas que sufrieron. Sin embargo, la sentencia señala que esas declaraciones no alcanzaron el grado de certeza necesario para fundar una condena. Por ello, el magistrado descartó por completo la existencia de abusos sexuales y de coacciones y absolvió al acusado de esos delitos.

El fallo subraya que no se considera probado que el docente realizara tocamientos o acercamientos físicos de naturaleza sexual a otros estudiantes, ni que formulara amenazas explícitas o implícitas relacionadas con el rendimiento académico. En consecuencia, no se acredita un patrón continuado de conductas ni un contexto de dominación o presión sostenida sobre el alumnado.

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Un único episodio

La condena se limita a un único episodio, ocurrido el 21 de mayo de 2021, cuando el profesor citó a una alumna en un aula del centro, tras pedirle que saliera a comprarle una bebida, y le propuso mantener relaciones sexuales, mencionando incluso la posible participación de otra mujer vinculada al centro. La sentencia señala que esta conversación, por producirse dentro de la relación docente, resultó intimidatoria, y por ello encaja en el delito de acoso sexual.

A la hora de fijar la pena, el juez optó por la imposición de la multa en lugar de la prisión, entendiendo que el hecho se concretó en un encuentro puntual, sin amenazas posteriores ni continuidad.

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La sentencia condenó de esta forma al docente únicamente por el acoso a la alumna mayor de edad y lo absolvió del resto de acusaciones.

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