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¿Cómo constituye una empresa?

Canarias7.es

Viernes, 17 de julio 2020, 10:57

¿Es mejor crear una sociedad anónima o limitada? ¿Con qué capital mínimo se puede crear una empresa? ¿Qué es una sociedad unipersonal? ¿Y una colectiva? ¿Cómo redactar unos estatutos? ¿Cuánto cuesta hacer una escritura de constitución de empresas? ¿Cuánto se tarda? ¿Qué papel juega el notario? Las respuestas a estas y otras preguntas quedan recogidas en cada uno de los 9.400 trípticos informativos ¿Qué tiene que hacer para crear una empresa? Consulte al notario, editados por el Consejo General del Notariado, y que pueden encontrarse en las 94 notarías existentes en las Islas Canarias.

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La creación de empresas es uno de los principales indicadores de la actividad económica de un país, y los porcentajes de crecimiento anuales reflejan pasos esperanzadores en estos años complicados. En 2012 se crearon en España 93.752 sociedades o empresas, (3.325 canarias), un 3,5% más que durante 2011. En el primer trimestre de 2013 ya se han constituido 26.606 sociedades a nivel nacional, un crecimiento del 3% con respecto al mismo periodo del año anterior. Lo que no cambia es que 9 de cada 10 empresas creadas son sociedades limitadas, la fórmula más utilizada por la pequeña y mediana empresa española.

En la publicación se explican claramente las diferentes clases de sociedades que se pueden constituir y las características que las definen en función de factores como la responsabilidad patrimonial del fundador o fundadores, del capital social que se aporte, del número de socios que la constituyan o del grado de flexibilidad y control en su dinámica de funcionamiento.

Tras la descripción del tipo de sociedades, el folleto enumera los distintos pasos que hay que dar para crear la empresa, desde la obtención del certificado de denominación social, el certificado bancario de aportaciones de capital social, la redacción de las escrituras y el resto de trámites posteriores hasta la inscripción en el Registro Mercantil.

La labor asesora del notario

Además de subrayar el papel del notario en la redacción y autorización de las escrituras públicas y de garantizar la legalidad de todo el proceso, la publicación se detiene especialmente en la labor de asesoría imparcial y gratuita que desempeñan los notarios. Se afirma que el notario puede aconsejar al emprendedor desde el mismo momento en que decide montar su propia empresa y se considera de vital importancia su asesoría en la redacción de los estatutos ya que una vez firmada la escritura los socios deben cumplir todo lo que los estatutos recojan. En este sentido se explica claramente que una adecuada redacción de estos puede evitar la aparición de futuros problemas en la vida de la sociedad. Los notarios, aparte de ser profesionales expertos en Derecho privado, son funcionarios públicos que deben ofrecer asesoría imparcial y reequilibradora a las partes.

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Sociedades express en 24 horas

En Qué tiene que hacer para crear una empresa se informa de que gracias al desarrollo tecnológico de las notarías españolas, en una única visita se puede constituir una sociedad express en menos de 24 horas con todos los trámites on line incluidos, a un coste fijo de 60 euros con estatutos preestablecidos o de 150 euros si no lo están.

Los notarios españoles, los mejor posicionados a nivel mundial.

El estudio Doing Business 2013 del Banco Mundial pone de manifiesto que en las notarías españolas se pueden crear empresas en el plazo de un día, el mismo tiempo que se tarda en Holanda y Bélgica, y menos que en Alemania (9) o Austria (4). La reputación de lentitud que arrastra España en esta materia no es en ningún caso atribuible a los notarios. “Frente a la rapidez y agilidad de las notarías españolas, que se posicionan en los primeros puestos, las gestiones posteriores en Registros y Administraciones Públicas suelen demorar 24 días de media, a diferencia de países como Holanda, Francia y Austria donde solo se requiere un día o Alemania, donde tardan siete”, aclara Alfonso Cavallé, decano del Colegio Notarial de las Islas Canarias. “La agilidad lograda en las notarías ha de complementarse con mayor agilidad en los trámites posteriores a la escritura en las otras oficinas públicas y de la Administración”, concluye el decano. (Se adjunta PDF del tríptico)

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