Imagen de una de las sesiones del juicio. F. J. F.

Cárcel y multas por 70 millones para una banda que trajo 95 kilos de coca

tribunales ·

La Audiencia Provincial no estimó la petición de nulidad de las actuaciones planteadas por las defensas de los siete acusados

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Miércoles, 15 de septiembre 2021, 00:26

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas no estimó las cuestiones de nulidad planteadas por las defensas de siete individuos acusados de pertenecer a una banda que trajo a la isla 95 kilos de cocaína mediante el método del gancho ciego, es decir, utilizando contenedores que llegaban al Muelle de la Luz y de Las Palmas y que eran descargados por trabajadores portuarios.

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La sentencia pena a nueve años de cárcel a Michele Antonio Talamo, Jael Talamo y Rinaldo Caresia, ocho a José Ángel Abrante Romero Gustavo Alberto Hernández Vega y Vicente Carmelo González Pérez y cinco a Alejandro Gregorio Bernal Peña. Todos deberán pagar multas de diez millones de euros cada uno.

Según el fallo, los procesados Michele Antonio Talamo, Jael Talamo y Rinaldo Caresia, naturales de Italia, con total desprecio por la salud ajena, formaban parte de un grupo organizado en el país transalpino que se dedica a la introducción, distribución y venta de cocaína en Europa que traían desde Sudamérica por barco en los contenedores anteriormente referidos.

Estos acusados pagaban a las personas que tenían contactos y trabajaban en los puertos de Europa para extraer la cocaína de los contenedores y proceder a su distribución .

Michele Antonio y Jael Talamo se desplazaron a Las Palmas en varias ocasiones durante los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2019. A dichas reuniones se unió Rinaldo Caresia a partir del 29 de abril de 2019, para dirigir, controlar y supervisar la entrada y salida periódica de cocaína a través del Puerto de La Luz y de Las Palmas y proceder a su distribución. Contactaron con José Ángel Abrante Romero para que sacara el cargamento de cocaína para su distribución y venta a cambio de importantes cantidades de dinero.

Según la sentencia, Michele Antonio, Jael Talamo y Rinaldo encargaron a José Ángel, a cambio de un gran montante económico, que sacara el 17 junio de 2019 un cargamento de 95,05 kilos de cocaína con un riqueza media del 77´62% del Puerto de la Luz y de Las Palmas que la organización a la que pertenecían habían ocultado entre sacos de azúcar en un contenedor que llegó por barco desde Brasil y arribó en el puerto grancanario en el recinto de la empresa Opcsa, para que trasladara dicha sustancia estupefaciente a un lugar que tenían para su almacenamiento para proceder a su distribución y venta.

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José Ángel fue el 17 de junio de 2019 a sacar la droga con la colaboración de Gustavo Alberto Hernández Vega, Alejandro Gregorio Bernal y Vicente Carmelo González Pérez. El segundo de ellos realizó labores de vigilancia en el Puerto e informó al resto de no era seguro acudir ese día para sacar la droga.

Mientras, Gustavo Alberto era el que se encargaría de trasladar las sustancias estupefacientes aprehendidas desde el Puerto de La Luz y de Las Palmas hasta el lugar que la organización iba a guardarlas para proceder a su distribución.

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Por último, José Ángel y Vicente Carmelo sacarían la droga del contenedor, siendo Gustavo quien los llevó a la ubicación exacta del mismo conduciendo un camión Iveco, pero no lo consiguieron porque José Ángel y Vicente Carmelo fueron detenidos por agentes del DAVA en el momento que habían abierto el contenedor y estaban sacando los sacos en que estaba oculta la droga.

La droga incautada tenía un valor en el mercado ilícito de 4,823 millones de euros.

A los procesados se les intervinieron efectos e instrumentos relacionados con el delito de tráfico de drogas como dos máquinas de contar dinero, una máquina para envasar al vacío, una tablet Samsung, seis teléfonos Samsung, documentación relacionada con varios contenedores, dos calendarios de MSC de llegada de buques a Las Palmas y dos teléfonos iPhone.

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La Sala no consideró que la orden internacional inicial fuera nula

Los letrados en este procedimiento insistieron tanto en las cuestiones previas como en los informes finales en la nulidad del procedimiento contra esta banda de traficantes de droga.

Las defensas expusieron ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial que las primeras pesquisas que dieron origen al caso se llevaron a cabo de forma irregular, con una orden internacional nula, por lo que el resto del procedimiento debía de ser invalidado aplicando la doctrina del fruto del árbol envenenado. La misma determina que cualquier prueba que directamente o indirectamente y por cualquier nexo se pudiera relacionar con una prueba nula, debe también considerarse de la misma forma.

La Sala, a pesar de la detallada y extensa argumentación de los letrados, no entendió que hubiese que anular ninguna prueba como así determinó el fiscal Antidroga de Las Palmas, Antonio Amor. Esta parte pidió en su informe penas de entre nueve y 12 años de cárcel para los acusados.

Hay que apuntar que, de los siete acusados, Gustavo Hernández Vega había sido condenado por sentencia firme de fecha 12 de diciembre de 2013 a nueve meses de prisión por un delito de hurto y el 5 de octubre de 2017 por un delito de insolvencia punible, a seis meses de cárcel. Los otros procesados no tenían antecedentes penales.

Michele Antonio Talamo, Jael Talamo, Rinaldo Caresia, José Ángel Abrante, Gustavo Hernández y Vicente Carmelo González fueron detenidos el 17 de junio de 2019 y están en prisión provisional desde el 20 de junio de 2019. Mientras, Alejandro Gregorio Bernal fue detenido el 30 de julio de 2019 y duerme en la cárcel desde el 31 de julio de 2019.

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