![El acusado, Ubay A.A, en el juicio.](https://s1.ppllstatics.com/canarias7/www/multimedia/2024/10/25/crimen--758x531.jpg)
Ubay Alemán, culpable del homicidio de Abdelkarim Arifi
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El jurado popular ha entendido que atacó con un martillo al joven el 24 de diciembre de 2021 en Vecindario hasta su muerteEl Tribunal del Jurado ha declarado este viernes culpable de homicidio a Ubay Alemán Álvarez, el individuo acusado de haber matado a martillazos a otro hombre llamado Abdelkarim Arifi en la vía pública, en Vecindario (Gran Canaria), el 24 de diciembre de 2021. Todo ello al no creer su versión de que fue una tercera persona la que cometió esos trágicos hechos que derivaron en la muerte de esta persona.
Ante la magistrada presidenta de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, Victoria Rosell, el jurado popular entendió que los hechos fueron constitutivos de un delito de homicidio y no de asesinato, como así entendía la acusación particular, al no poderse acreditar el orden de las lesiones que presentaba el cuerpo de la víctima y, por ende, que el primer ataque fue por la espalda, y que también lavíctima mostraba heridas de defensa en sus brazos.
Tras escuchar este veredicto, la fiscal Marisol Vidal ha solicitado a la magistrada que Ubay Alemán Álvarez sea condenado a la pena inicial 15 años de cárcel por homicidio, la pena más alta prevista para este tipo de delitos en el Código Penal español.
El letrado Alfonso Dávila, que ejerce acusación particular representando a la familia del ciudadano marroquí Abdelkarim Arifi, interesó la misma pena, si bien también quiso anunciar que iba va a recurrir el veredicto en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) para que los hechos se cataloguen como asesinato y se pueda imponer una condena mayor. Este abogado indicó que, si bien el jurado había tenido en cuenta el testimonio de uno de los testigos para fundamentar su veredicto, en el mismo también esta persona detalló que el ataque fue por la espalda. De esta forma y, bajo su criterio, el delito debe de ser el de asesinato y no homicidio como se determinó al término de la práctica de la vista oral.
La defensa, dirigida por el abogado José María Suárez, solicitó 10 años de condena para su cliente, la mínima por un delito de homicidio. Esta parte también adelantó que recurrirá, porque sigue sosteniendo que su cliente es totalmente inocente de los hechos por los que fue juzgado.
En su veredicto, el jurado popular consideró probado que el acusado golpeó al menos tres veces a la víctima en la cabeza y en la espalda con el martillo que llevaba y que, posteriormente, se fue a su casa y tiró el arma en un cubo de obra que se encontraba en la puerta de su domicilio.
Así mismo, entendió como probado que la muerte de Abdelkarim Arifi se produjo por las lesiones provocadas con el martillo y no por las de la pelea que mantuvo a puñetazos, previamente, con dos jóvenes, y que el procesado, al golpear a la víctima, dejó en el mango rastros de sangre y de su piel al haberse dañado el pulgar de la mano derecha.
Según el veredicto, no se pudo probar que el ataque del acusado fuera por sorpresa y por la espalda porque se ejecutó por parte de Ubay Alemán Álvarez durante una reyerta multitudinaria cuando la víctima estaba siendo golpeada por otros dos individuos no identificados durante todo el proceso judicial y, además, había llegado corriendo al lugar de los hechos porque le perseguían.
El Tribunal del Jurado rechazó la posibilidad de que al acusado se le pueda aplicar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, así como de ser indultado en un futuro.
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