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J. Castillo
Miércoles, 4 de septiembre 2024
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Un año después de que el Gobierno prohibiese las llamadas comerciales no autorizadas, un 98,3% de los españoles afirma seguir recibiéndolas. Así lo puso de manifiesto la encuesta llevada a cabo el pasado verano por FACUA-Consumidores en Acción. Con el inicio del nuevo curso, el llamado spam telefónico se intensificará aún más, por lo que conviene estar preparados para frenarlo en seco. A dicho respecto, y visto que apuntarse a la llamada 'Lista Robinson' no siempre surte efecto, los expertos recomiendan formular la siguiente pregunta al teleoperador de turno: «¿De dónde habéis sacado mi número de teléfono?».
A través de su artículo 11, la vigente ley de protección de datos obliga a las empresas a informar sobre el canal por el que han obtenido los datos del usuario al que contactan, esto es, a que demuestren que ha sido éste quien les ha autorizado a hacerlo previa aceptación de unos términos y condiciones. Si la persona que se encuentra al otro lado de la línea se niega a facilitar dicha información o sale por peteneras, estaría cometiendo una ilegalidad susceptible de denuncia frente a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Esto último suele advertirse al operador durante el proceso de formación, por lo que habitualmente nos colgará el teléfono sin mediar palabra y, en consecuencia, dejaremos de ser importunados por la compañía para la que trabaja.
Siguiendo la misma línea, esto es, la ilegalidad de quienes nos llaman sin que hayamos dado el visto bueno, antes de dejar con la palabra en la boca al interlocutor podemos espetarle un «no he pedido que me llame ningún comercial de su compañía». Esto, siempre y cuando estemos seguros de no haberlo autorizado para ese caso concreto ni terceros, tras marcar algunas de las casillas de consentimiento con las que nos topamos a la hora de firmar un contrato de suministros o registrarnos en cualquier sitio de Internet.
También debemos tener en cuenta que las operadoras de telefonía pueden seguir contactándonos hasta medio año después de habernos dado de baja, supuesto ante el que no nos quedará otra que ojear el calendario y esperar hasta tener el derecho a recriminarles su proceder.
Suele funcionar también una petición tajante: «Quiero que borréis mi número de vuestra base de datos», lo que aplica incluso si hemos dado nuestro consentimiento para que un operador intente vendernos cualquier producto o servicio. Y es que la ley brinda el derecho a desistir de cualquier comunicación con tan solo solicitarlo expresamente, bien durante una llamada telefónica, bien a través de correo postal o electrónico. Si no es posible cursar el mandato de viva voz, quien nos llama tiene la obligación de indicarnos los pasos necesarios para hacerlo. Además, si tuviésemos que llamar a un teléfono alternativo, éste debe ser gratuito.
En cuanto a los horarios en que solemos recibir este tipo de llamadas, debemos saber que la ley contempla varias franjas legales. Las operadoras de telefonía solo pueden llamarnos de lunes a viernes no festivos de 10:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 21:00 horas (para no pillarnos en plena siesta o almuerzo). Por su parte, el resto de compañías pueden llamar de 09:00 a 21:00 horas de lunes a viernes, también sin contar festividades.
Lo anterior deja clara la frase a pronunciar: si nos llaman a una hora ilegal no tenemos más que hacérselo notar para que cuelguen: «Según el artículo 96 de la Ley para la Defensa de los Consumidores, no podéis llamarme a esta hora».
En el caso de que ninguna de las fórmulas anteriores funcione, siempre nos quedará presentar una reclamación frente a la AEPD o la propia Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que recientemente ha alertado sobre la peor forma de spam telefónico existente: las estafas de suplantación de identidad. A este respecto, el propio Ministerio para la Transformación Digital y la Función Pública ha anunciado un plan para acabar con dichas prácticas, también cometidas mediante mensajes de texto.
Entre las medidas propuestas destaca la obligación para las operadoras de bloquear todas las llamadas o SMS de numeración nacional enmascarados, esto es, que realmente procedan del extranjero. También deberán bloquear cualquier número que no esté asignado a un cliente o servicio concreto.
Igualmente, se contempla la creación de una base de datos a cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que incluirá todos los números asociados a empresas que trabajen con mensajes de texto. Las compañías telefónicas tendrán que bloquear aquellos números que no estén registrados, lo que impedirá que un tercero nos envíe un SMS haciéndose pasar por 'Movistar' o 'Vodafone' (por poner dos ejemplos).
Por último, el Ministerio prohibirá las llamadas comerciales desde números móviles, lo que a día de hoy resulta una de las principales preocupaciones de los españoles: «Desde que me llaman números empezados por 6 o 7 ya no tengo tan claro si contestar o no. Pienso que puede ser algún mensajero o alguien del trabajo y termino respondiendo», explica a este diario Cristina R., de 38 años.
En líneas generales, las autoridades competentes recomiendan desconfiar de todas las llamadas en nombre de administraciones públicas o entidades bancarias (nunca suelen contactarnos por dicha vía); de aquellas que nos insten a realizar algo con premura o que nos informen ganadores de un sorteo en el que no recordamos haber participado. Además, contestar un simple '¿sí?' puede meternos en líos, ya que grabaciones similares están utilizándose para darnos de alta en determinados servicios sin nuestro consentimiento. Si al descolgar obtenemos un silencio sepulcral, mejor no abrir la boca.
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