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Ralentización de la eólica flotante
Crecimiento azul

Ralentización de la eólica flotante

El retraso acumulado e imprevisible está dando oportunidades a que instalaciones de dimensiones similares y con la misma finalidad se estén empezando a desarrollar en otros lugares

Octavio Llinas

Expresidente de la Fundación Innovamar

Sábado, 21 de septiembre 2024, 11:15

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Las informaciones sobre el desarrollo de la eólica flotante están marcadas en el ámbito global por dos vectores principales: el desarrollo de la tecnología y la gestión económica administrativa de las adjudicaciones que determinan los lugares y las potencias.

El desarrollo tecnológico está sucediendo en un mercado internacional muy dinámico y altamente competitivo, en el que inicialmente la mejor tecnología es de disposición general y solo puede llegar a tener limitaciones por restricciones en las cadenas industriales de producción, como consecuencia eventual de una aceleración de importancia en el desarrollo del total de parques.

También se pueden producir limitaciones si se produjera una consolidación o confirmación de alguna tecnología que destacara por ventajas determinantes, tanto en los generadores como en los sistemas de flotación, incluyendo los procesos característicos de instalación para cada caso.

De momento y en el periodo inicial parece poco probable que el diferencial tecnológico sea determinante si tenemos en cuenta el número de tecnologías diferentes que se están desarrollando, así como, el número de instalaciones y el tiempo necesario para poder tener un análisis consolidado de los resultados que permita determinar la mejor tecnología.

Para la Unión Europea la necesidad de impulso de esta tecnología se deriva de la realidad climática

El examen del contexto señala con claridad que el proceso económico administrativo de adjudicación de emplazamientos y potencias es el factor que está resultando mayor limitante hasta el momento, siendo la causa de las importantes diferencias de objetivos alcanzados y previsibles entre los distintos países. La comparación sistemática y detallada resulta muy clarificadora y debería ser una herramienta de mejora para los países según sus propias circunstancias. La Comisión Europea es consciente de esta realidad y viene impulsando marcos regulatorios y estímulos para impulsar el avance necesario y comprometido en los Estados.

Aunque no es el objeto de esta reflexión, no se puede olvidar que: Para la Unión Europea la necesidad de impulso de esta tecnología se deriva de la realidad climática, recogida en los objetivos internacionales consecuencia de las evidencias y análisis que señalan las problemáticas globales si no se consigue limitar el aumento de temperatura del planeta en este siglo.

A lo que se ha de añadir la necesidad de autonomía energética, como ha quedado evidenciado en las últimas crisis de disponibilidad de combustibles fósiles, así como, que las tecnologías necesarias para su desarrollo serán en el espacio económico internacional uno de los ejes de crecimiento de mayor importancia en los próximos años y que además, las industrias de la Unión Europea están particularmente preparadas para acometerlos de forma integral desde los procesos de I+D+i, hasta la capacidad empresarial y de cadenas de valor asociadas.

En este entorno internacional, la situación española actual está presentando indicios claros de ralentización, cuyas consecuencias son difíciles de evaluar todavía pero que señalan un avance más lento y difícil respecto de lo previsible y/o esperable, como queda señalado en algunos hechos inequívocos recientes:

El pasado 30 de agosto se ha hecho pública la decisión de la empresa noruega Equinor de retirarse de diversos mercados internacionales entre ellos España, para reducir gastos y concentrarse en los países donde los periodos y condiciones de despliegue sean mejores. Este repliegue en España afecta a Naturgy, con la que había puesto en marcha en 2022 un proceso de coordinación para impulsar conjuntamente el desarrollo de la eólica flotante, empezando por el proyecto Floating Offshore Wind Canarias en el que Equinor venía trabajando y que se planteaba desarrollar en el sureste de Gran Canaria con una potencia prevista de 216 MW (producidos por 12 aerogeneradores dentro del área POEM planificada).

Es el caso más claro, evidente y reciente, pero se están conociendo acciones semejantes en otras empresas, condicionadas fundamentalmente por cómo las iniciativas se van orientando, acomodando y dirigiendo a mercados que son más claros y previsibles.

Se siguen teniendo noticias de que el 'próximo paso' (no es el último) en el proceso administrativo necesario para el despliegue de la energía eólica flotante en España: La publicación del Real Decreto por el que se regulará la producción de energía eléctrica en instalaciones ubicadas en el mar, será inminente. Este Real Decreto fue sometido a información pública del 27 de febrero al 25 de marzo del presente año, hace seis meses.

Se ha de entender que el documento sometido a información pública ya recogía los elementos necesarios para la regulación y por supuesto la posición del Gobierno. Los seis meses de retraso solo pueden ser entendidos como consecuencia de una «avalancha de alegaciones presentadas»lo que de ser así, se supo el día que se cerró el plazo y por tanto el Ministerio pudo poner en marcha un proceso adecuado y dimensionado a la avalancha sobrevenida (lo que para este tipo de procesos es muy fácil, recurriendo a una encomienda a un medio propio que fuera más adecuada, obviamente no se hizo, o si se hizo no ha sido con la potencia suficiente para hacer posible publicar el Decreto lo antes posible, antes, o después del verano…

En este entorno internacional, la situación española presenta indicios claros de ralentización

El haber llegado hasta esta fecha 'viene a coincidir' con el hecho de que la señora ministra Teresa Rivera ha sido propuesta para ser miembro relevante de la nueva Comisión Europea (que se está configurando en estos días), lo que de confirmarse tanto el puesto como el contenido que se va conociendo, puede ser de gran importancia y de interés para el país, dado el conocimiento de la realidad española de que dispone.

Esta circunstancia va a afectar (ya se verá cuanto) al proceso de tramitación y gestión del Decreto, probablemente poco si está en la fase de circulación previa a la elevación al Consejo de Ministros, pero sin duda será más respecto de la Orden que ha de regular la concurrencia para la adjudicación, porque es absolutamente conocida la ralentización en el funcionamiento cuando se produce un cambio en el titular del Ministerio y la mayor o menor reorganización que se produce. No se sabe en este caso a priori si será mayor o menor, pero lo que sí se sabe con certeza es qué añade incertidumbre al proceso.

En cualquier caso, se sigue manteniendo el consenso respecto a qué Canarias (en el área POEM del suroeste de Gran Canaria) estará en la primera convocatoria de concurrencia lo cual (dado el estado incipiente de desarrollo de la tecnología), está produciendo una atracción específica, ya que la dimensión prevista (de 200 a 300MW) siendo pequeña, es muy adecuada para iniciar el necesario desarrollo de soluciones industriales específicas.

El retraso acumulado e imprevisible está dando oportunidades a que instalaciones de dimensiones similares y con la misma finalidad se estén empezando a desarrollar en otros lugares, lo que tendrá como consecuencia que el parque de Gran Canaria termine siendo 'solo de producción' y en este caso la dimensión prevista lo hace ser un parque pequeño y menos atractivo por el efecto que la dimensión tiene para este tipo de proyectos.

Poco se puede hacer desde Canarias en esta parte del proceso, sin embargo este tiempo de la demora actual puede ser utilizado para acotar los plazos posteriores (lo que si se puede hacer desde aquí), generando y haciendo disponible información y consensos imprescindibles (información ambiental geofísico, generación de las interacciones socioeconómicas generales pescadores, acuicultura, deportes náuticos, tráfico marítimo…), que estando disponibles, identificados y valorados podrán ser incluidos y atendidos en el proceso de concurrencia, con el consiguiente ahorro de tiempo.

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